Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 01/08/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 12 de julio de 2011, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 428/11.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906744S20110006505.

Procedimiento: 428/11.

Negociado: a2.

De: Don Jorge Alcaide Sánchez.

Contra: Convensur Málaga, S.L.

EDICTO

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

HACE SABER

Que en este Juzgado se sigue la ejecución núm. 428/2011, sobre Social Ordinario, a instancia de don Jorge Alcaide Sánchez contra Convensur Málaga, S.L., en la que con fecha se ha dictado Decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

- Tener por desistido a don Jorge Alcaide Sánchez de su demanda frente a Convensur Málaga, S.L.

- Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente Resolución. Notifíquese la presente Resolución a las partes.

Modo de impugnación:

Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta Resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (arts. 186 y 187 de la LPL). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del Juzgado de lo Social numero Siete de Málaga, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en forma a Convensur Málaga, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, 12 de julio de 2011.- El/La Secretario Judicial.

Descargar PDF