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Con fecha 15 de junio de 2011, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla, en el recurso núm. 684/10, interpuesto por Unión de Agricultores y Ganaderos de Andalucía, contra la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de 25 de mayo de 2010, publicada en el BOJA núm. 104, de 31 de mayo, por la que se regulan y convocan elecciones para la renovación de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Calidad de Andalucía; ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«FALLAMOS
Debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por Unión de Agricultores y Ganaderos de Andalucía, contra la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de 25 de mayo de 2010, publicada en el BOJA núm. 104, de 31 de mayo, por la que se regulan y convocan elecciones para la renovación de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Calidad de Andalucía, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico. Sin costas.»
En su consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Española, 17.2 de la Ley 6/85, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Cumplir en sus propios términos la citada sentencia, de acuerdo con lo ordenado por la Sala.
Sevilla, 19 de julio de 2011.- El Secretario General Técnico, Fernando Repiso Rubio.
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