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La tramitación de los distintos contratos administrativos iniciados por la Universidad de Cádiz exige el cumplimiento de determinados plazos en concordancia con lo establecido en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto, en relación con actuaciones que competen a esta Universidad para dichos procedimientos y que afectan a esta Institución en exclusiva,
RESUELVO
Declarar inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en los procedimientos en curso correspondientes a los expedientes de contratación pública realizados por la Universidad de Cádiz al amparo de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
Cádiz, 22 de junio de 2011.- El Rector, por delegación de competencia (Resolución de 27.6.2007), el Gerente, Antonio Vadillo Iglesias.
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