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Por el Ayuntamiento de Córdoba, se ha acordado ceder gratuitamente la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de una parcela de 15.411,50 m², sita en Plan Parcial PAU 0-3 «Huerta de Santa Isabel-Este» de dicho municipio, con destino a la construcción de un Instituto de Educación Secundaria.
Por la Consejería de Educación, se considera de interés la aceptación de la referida cesión con destino a la construcción de un Instituto de Educación Secundaria.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 19 de julio de 2011,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80 y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad acordada por el Ayuntamiento de Córdoba, de una parcela de 15.411,50 m², sita en el Plan Parcial PAU 0-3 «Huerta de Santa Isabel-Este» de dicho municipio, con destino a la construcción de un Instituto de Educación Secundaria.
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Córdoba, al tomo 2.321, libro 1.586, folio 49, con el número de finca 74.824, con la siguiente descripción:
Urbana: Parcela destinada a equipamiento escolar de la Unidad de Ejecución del Plan Parcial PP 0-3 «Huerta de Santa Isabel-Este» del PGOU de Córdoba. Linda al Norte, con vial de nueva creación identificado como X3; al Sur, con vial de nueva creación identificado como X4; al Este, con el vial de nueva creación identificado como Y3; y al Oeste, con el equipamiento 2. En el plano correspondiente de configuración y delimitación de fincas resultantes aparece señalada como eq2.1.
Referencia catastral número 0853102UG4905S0001AF.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará en escritura pública o documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión gratuita de la propiedad de la parcela descrita en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería de Educación, con destino a la construcción de un Instituto de Educación Secundaria.
Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 19 de julio de 2011
JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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