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Mediante Orden de 14 de noviembre de 2008, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 238, de 1 de diciembre, fueron aprobadas las bases reguladoras del Plan Renove de Electrodomésticos de Andalucía, cuya convocatoria para el año 2010 fue realizada mediante Resolución de esta Dirección General, de fecha 1 de marzo de 2011, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 50, de fecha 11 de marzo de 2011.
En la citada Resolución se convocaba el procedimiento de concesión de subvenciones para la adquisición de los siguientes tipos de electrodomésticos con la clasificación de alta eficiencia energética: frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas, hornos y acondicionadores de aire de uso doméstico, estableciéndose que el plazo de presentación de solicitudes estaría comprendido entre las siguientes fechas.
- Desde el día 15 de marzo de 2011 hasta que se declarara concluso, para el caso de frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas y hornos, lo cual tuvo lugar mediante Resolución de 20 de mayo de 2011, de la Dirección General de la Agencia Andaluza de la Energía, publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 105, de 31 de mayo.
- Desde el día 13 de abril de 2011 hasta que se declarara concluso mediante Resolución de la Dirección General de la Agencia Andaluza de la Energía, publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para el caso de acondicionadores de aire de uso doméstico.
Transcurridos más de tres meses desde la convocatoria antes citada, procede declarar concluso el plazo para la reserva y adquisición subvencionada de acondicionadores de aire de uso doméstico.
Vistos los preceptos legales indicados y demás de general aplicación, así como el apartado cuarto de la Resolución de 1 de marzo de 2011 de esta Dirección General,
RESUELVO
Primero. Declarar el 16 de agosto de 2011 como fecha de conclusión del plazo para las reservas de fondos, las adquisiciones subvencionadas y las solicitudes de subvención de acondicionadores de aire de uso doméstico, acogidas al Plan Renove de Electrodomésticos de Andalucía 2010 y convocadas mediante Resolución de esta Dirección General, de fecha 1 de marzo de 2011. No serán subvencionadas las adquisiciones y solicitudes de subvención de acondicionadores de aire de uso doméstico realizadas con fecha posterior al 16 de agosto de 2011.
Segundo. Tramitar las solicitudes que consten que han sido formuladas por los comercios adheridos hasta el 16 de agosto de 2011, inclusive, y que cuenten con la preceptiva reserva de fondos. Dichas solicitudes serán presentadas por los comercios adheridos para su tramitación ante la Agencia IDEA, dentro del período de los 20 días naturales de vigencia que tiene atribuida la reserva de fondos asignada a cada solicitud, en los términos exigidos por el artículo 15 de la Orden de 14 de noviembre de 2008.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Agencia Andaluza de la Energía, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía; o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos contados desde el día siguiente al de su notificación, todo ello según lo establecido en los artículos 107.1,116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 21 de julio de 2011.- El Director General, Francisco José Bas Jiménez.
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