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Visto el expediente promovido a instancia de don Francisco José González Díaz, como representante de «Fundación Diocesana de Enseñanza Santa María de la Victoria”, entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «El Romeral», código 29000359, con domicilio en El Romeral, s/n, de El Romeral, Alhaurín de la Torre (Málaga), solicitando nueva denominación específica para los mismos.
Resultando que los mencionados centros, con código 29000359, tienen autorización administrativa para 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo con 75 puestos escolares y para 6 unidades de educación primaria con 150 puestos escolares, respectivamente.
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general (BOJA de 20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 10 de mayo); y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Autorizar el cambio de denominación específica de los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «El Romeral», de El Romeral, Alhaurín de la Torre (Málaga), que pasan a denominarse «Juan Pablo II», con código 29000359 y domicilio en El Romeral, s/n, quedando con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el «resultando» anterior.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 4 de julio de 2011
Francisco José Álvarez de la Chica
Consejero de Educación
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