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Intentada la notificación, sin haberse podido practicar, en los domicilios que constan en el expediente, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado que se relaciona la resolución de pérdida de derecho al cobro del incentivo concedido al amparo de la Orden de 11 de abril de 2007.
Interesado: JG Energías Renovables.
Expediente: 111889.
Acto notificado: Resolución de pérdida de derecho al cobro.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de la Agencia Andaluza de la Energía en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos contados desde el día siguiente al de su notificación, según lo establecido en el artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 26 de julio de 2011.- El Director General, Francisco José Bas Jiménez.
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