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De conformidad con lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el art. 22 del IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye el art. 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), en relación con el art. 2.2.e) de la misma, así como los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en la plantilla laboral de la Universidad de Málaga, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales.
1.1. La presente convocatoria tiene su fundamento específico en lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con la finalidad de la consolidación de empleo temporal correspondiente a la categoría profesional especificada en el Anexo I de esta Resolución y de dar cumplimiento al Plan de Consolidación de Empleo del personal laboral de Administración y Servicios, aprobado en sesión de Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, de fecha 22 de octubre de 2010.
1.2. Número de plazas convocadas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir vacantes en la plantilla laboral de la Universidad de Málaga correspondientes a la categoría profesional de Titulado Superior, encuadrada en el grupo I, por el sistema general de acceso libre, cuyo número y demás características se especifican en el Anexo I de esta convocatoria.
1.2.1. Del total de plazas convocadas, se reserva un 5% para ser cubiertas por personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, reconocido por los Organismos competentes al momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y cuya discapacidad no le impida el normal desarrollo de funciones relativas a dicha categoría. Este cupo de reserva asciende a 3 plazas.
Los aspirantes con discapacidad que se presenten por el cupo de reserva establecido en el párrafo anterior, superen el ejercicio correspondiente y no obtengan plaza, se incluirán por el sistema de acceso libre por su orden de puntuación, siempre que la misma sea superior a la obtenida por otros aspirantes del mencionado sistema.
Las plazas referidas en el primer párrafo del punto 1.2.1 podrán ser cubiertas, de quedar vacantes, por aspirantes sin discapacidad.
1.2.2. En el caso de producirse nuevas vacantes en la Universidad en idéntica categoría, las plazas correspondientes podrán acumularse a las ofertadas mediante resolución de la Rectora de esta Universidad, anterior a la realización del ejercicio de la fase de oposición, autorizando la incorporación de esas plazas para ser provistas por las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria.
1.3. Disposiciones aplicables. Las presentes pruebas selectivas se regirán por las bases de esta convocatoria y en cuanto les sea de aplicación por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y por el vigente Convenio Colectivo para el Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
1.4. Sistema de selección. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo II a esta convocatoria.
1.4.1. En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los méritos y los servicios prestados, con arreglo al baremo que se especifica en el mencionado Anexo II.
1.4.2. En la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, los aspirantes deberán desarrollar los ejercicios que se indican en el Anexo II de esta Resolución.
1.4.3. La puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso se publicará con anterioridad a la celebración del ejercicio de la fase de oposición, con el carácter de valoración provisional de méritos.
Los interesados dispondrán de un plazo de diez días naturales para efectuar posibles reclamaciones a la mencionada valoración, transcurridos los cuales se hará pública la valoración definitiva, pudiendo ser recurrida ésta en tiempo y forma ante la Excma. Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Málaga.
1.4.4. La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición serán publicados por el Tribunal correspondiente junto con la valoración provisional de méritos.
1.4.5. El Tribunal calificador, con carácter previo al desarrollo de las pruebas, hará públicos los criterios de evaluación de las mismas. En el supuesto de pruebas tipo test, una vez finalizadas, hará pública la plantilla con las respuestas correctas.
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Requisitos generales. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Asimismo, podrán participar los extranjeros con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida que figura en el Anexo I de la presente convocatoria.
2.2. Requisitos específicos. Los fijados en el Anexo I de la presente convocatoria.
2.3. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación como personal laboral de plantilla de la Universidad de Málaga.
3. Solicitudes.
3.1. Modelo de solicitud. Quienes deseen tomar parte en las presentes pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada gratuitamente en el Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga, según modelo que se acompaña como Anexo IV.
A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad o del pasaporte del interesado.
3.2. Recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará en cualquiera de las sedes del Registro General de esta Universidad, o en las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, en el plazo de veinte días naturales a partir del 29 de agosto de 2011, salvo que la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía fuese en fecha posterior, en cuyo caso dicho plazo se computaría a partir del día siguiente a tal fecha. Las solicitudes se dirigirán a la Excma. Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Málaga.
Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
3.3. Acreditación de méritos. Aquellos aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso deberán acreditar documentalmente los méritos alegados, en el momento de presentación de la solicitud de admisión, adjuntándolos a la misma y en los términos que se especifican en el Anexo II. En caso de que la documentación obre en poder de la Universidad de Málaga, deberá hacerse constar tal circunstancia en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», «Apartado a)».
3.4. Adaptaciones turno de discapacitados. Los aspirantes por este turno deberán indicar en la instancia el tipo de discapacidad, para lo cual se utilizará el recuadro «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», «Apartado b)». Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.
3.5. Justificación de los derechos de examen. En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria o, en su caso, el comprobante bancario acreditativo del pago de los derechos y cuya falta determinará la exclusión automática del aspirante. En ningún caso, se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente.
3.6. Derechos de examen. Los derechos de examen serán de 38 euros. Dicha cantidad se ingresará en Unicaja, cuenta corriente número 2103 0146 95 0030028625, bajo el nombre de «Universidad de Málaga. Pruebas Selectivas PAS».
3.7. Devolución de derechos. Procede la devolución de las tasas exigidas cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.
3.8. Subsanación de errores. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Relación de admitidos y excluidos. Expirado el plazo de presentación de instancias se dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos.
En dicha Resolución se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público, debiendo ponerse de manifiesto en todo caso en el Pabellón de Gobierno y en la página web de la Universidad de Málaga (http:///www.uma.es). En ellas constarán al menos los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad o del pasaporte, así como las causas de exclusión.
4.2. Plazo de subsanación. Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación a que se refiere la base anterior, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, ante la Rectora de la Universidad de Málaga, que resolverá lo procedente.
De no presentarse tal recurso, el escrito de subsanación de defectos se considerará recurso de alzada si el aspirante fuese definitivamente excluido de la realización del ejercicio.
5. Tribunal Calificador.
5.1. Composición. El Tribunal Calificador será designado por la Excma. Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Málaga y observará la composición que establece el vigente Convenio Colectivo para el Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
5.2. Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Rectora de la Universidad de Málaga, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a tal categoría, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, cuando concurran algunas de dichas circunstancias.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo.
5.3. Cambio en la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará, en el tablón de anuncios del Pabellón de Gobierno, resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4. Constitución. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con asistencia obligada del Presidente, Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros.
El Tribunal celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de tres meses, a partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.5. Sesiones. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la idéntica mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, a la indicada en el apartado anterior.
5.6. Actuación del Tribunal. A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria. En todo caso, el procedimiento de actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
5.7. Asesores. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas que estime pertinente, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Rectora de la Universidad de Málaga.
5.8. Adaptaciones para discapacitados. El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4 las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
5.9. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que el ejercicio de la fase de oposición se realice de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo del ejercicio. Asimismo se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia del 18 de febrero de 1985 o cualquier otro equivalente. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
5.10. Información a los participantes. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga Plaza de El Ejido, sin número, 29071, Málaga. Tlfno.: 952 131 058. Asimismo cualquier información de interés para el proceso será publicada en la página web de la Universidad de Málaga (http://www.uma.es).
5.11. El Tribunal estará encuadrado en el grupo primero de los recogidos en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 21 de abril).
5.12. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. Cada uno de los diversos ejercicios que conforman la fase de oposición del proceso selectivo se celebrarán en un único día y a la misma hora en todas las sedes del examen.
6.2. Llamamiento único. Los aspirantes serán convocados en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.3. Orden de actuación. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la correspondiente Resolución de la mencionada Secretaría de Estado.
6.4. Acreditación de la identidad. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.5. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Rectora de la Universidad, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7. Calificación final y lista de aprobados.
7.1. Finalizados cada uno de los ejercicios el Tribunal hará público en el lugar de celebración de los mismos y en el Pabellón de Gobierno de la Universidad, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada.
7.2. Finalizadas las pruebas selectivas el Tribunal hará pública la relación de aspirantes, por orden de puntuación final alcanzada, que han superado el proceso selectivo.
7.3. La calificación final del proceso selectivo, a efectos de declaración de aprobados, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.
7.4. En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
En caso de subsistir el empate se resolverá atendiendo a las puntuaciones obtenidas por antigüedad en la Universidad de Málaga en la fase de concurso, por experiencia profesional en un puesto de igual categoría y área en la Universidad de Málaga, y en último extremo atendiendo al criterio de preferencia de la mayor edad.
8. Presentación de documentos y formalización de contrato.
8.1. Documentación a presentar. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieran públicas, mediante Resolución de la Excma. Sra. Rectora Magfca. las listas de aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo, los candidatos aprobados deberán justificar adecuadamente en el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Málaga, los requisitos o condiciones exigidos en la convocatoria y que no hubieran debido acreditar en el momento de la presentación de instancias.
A este efecto, deberán presentar los siguientes documentos:
a) Fotocopia debidamente compulsada del título académico exigido para las plazas.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que les será facilitado en el mencionado Servicio.
c) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad, así como documentación certificada por las autoridades competentes de su país de origen en la que se acredite no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio. Este certificado deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo u Organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.
e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de persona con discapacidad deberán presentar certificación del organismo competente para acreditar tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.
f) Originales de cuantos documentos le hayan sido valorados en la fase de concurso.
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en este apartado, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
8.2. Exención de justificación. Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento o contrato, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependieran para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios o antigüedad, así como de la fecha de su cumplimiento.
8.3. Anulación de actuaciones. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren los documentos o del examen de los mismos se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados, o no concuerdan los originales con las fotocopias presentadas en la fase de concurso, no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud.
8.4. Formalización de contrato. Finalizado el plazo de presentación de documentación, los aspirantes formalizarán un contrato de trabajo en el que se contemplará el período de prueba establecido en el vigente Convenio Colectivo para el Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía para cada categoría profesional, transcurrido el cual adquirirán la condición de personal laboral fijo aquéllos que lo hayan superado satisfactoriamente.
8.5. Bolsa de trabajo. Una vez concluido el proceso selectivo, se podrá confeccionar la correspondiente bolsa de trabajo para atender a las necesidades temporales urgentes, con todos aquellos aspirantes que habiendo participado no hubieran obtenido plaza.
9. Norma final.
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999.
Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.
Málaga, 5 de noviembre de 2010. La Rectora, Adelaida de la Calle Martín.
ANEXO I
Titulación exigida: Estar en posesión de la titulación de Licenciado/a en Derecho.
Grupo de clasificación según Convenio: I.
Categoría profesional: Titulado Superior.
Perfil de la plaza: El correspondiente a la categoría profesional según la definición dada en el Anexo II del Convenio Colectivo vigente.
Plazas ofertadas: 1.
Código de plaza: 1SG94001.
Destino: Asesoría Jurídica.
Área funcional: Servicios Generales.
Titulación directamente relacionada: Licenciado en Derecho.
Requisitos específicos:
- Acreditar el ejercicio activo, como Abogado/a ejerciente, a la fecha de presentación de la solicitud y, como mínimo, durante los últimos diez años sin interrupción, a través de la oportuna certificación expedida al efecto por el Ilustre Colegio de Abogados.
- Acreditar durante el mismo periodo, la intervención y defensa continuada ante los Tribunales como Letrado/a, al menos, en la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a través de copias auténticas o compulsadas de las Resoluciones Judiciales. Se considerará intervención y defensa continuada, la dirección de, al menos, una treintena de procesos judiciales anuales en la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO II
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO Y OPOSICIÓN. PRUEBAS Y PUNTUACIONES
A) CONCURSO (máximo 35 puntos).
1. Experiencia profesional | Máximo: 14 puntos |
a) Desempeño de un puesto de trabajo de igual categoría y área en la Universidad de Málaga. (1) | 0,25 puntos/mes |
b) Desempeño de un puesto de trabajo de distinta categoría y misma área en la Universidad de Málaga. Se especificarán en cada convocatoria. (1) | 0,1 puntos/mes máximo 7 puntos |
c) Desempeño de un puesto de trabajo de similares funciones, fuera de la Universidad de Málaga o en la misma, cuando no sea susceptible de valoración en los apartados anteriores y se corresponda con la respectiva área. Se acreditará, en el primer caso, mediante certificado de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social y certificado de funciones y en el segundo caso, mediante certificado del servicio de personal. | 0,05 puntos/mes máximo 3,5 puntos |
2. Antigüedad | Máximo: 12,25 puntos |
Tiempo de servicios prestados en la Universidad de Málaga como personal laboral de Administración y Servicios, en cualquiera de las categorías pertenecientes a los Convenios Colectivos de las Universidades Públicas de Andalucía. (1) | 0,15 puntos/mes |
3. Formación | Máximo: 8,75 puntos |
a) Titulación académica: estar en posesión de una titulación académica oficial directamente relacionada con el puesto de trabajo. Se especificarán en cada convocatoria y serán de igual nivel que la titulación exigida para acceder al grupo profesional correspondiente. | 3,5 puntos |
b) Actividades de perfeccionamiento realizadas, relacionadas con el puesto de trabajo. (2) | 0,02 puntos/hora máximo: 3,5 puntos. |
c) Otras actividades de perfeccionamiento realizadas, relacionadas con las funciones de la Administración Pública en general. (3) | 0,01 puntos/hora máximo: 1,75 puntos |
(1) En los términos del art. 3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y acreditada mediante certificado del servicio de personal. | |
(2) Se considerarán actividades de perfeccionamiento relacionadas con el puesto de trabajo aquellas impartidas y/u homologadas por Organismos Oficiales o Comisión de Formación de la UMA, cuyo título o mayoría de contenido haga referencia a uno o varios de los ítems del temario de la plaza. De no figurar número de horas, la equivalencia será de 10 horas por mes o fracción. Se acreditarán mediante diploma o certificado. Sólo se considerarán las recibidas y no las impartidas. | |
(3) Se considerarán las actividades de perfeccionamiento, relacionadas con las funciones de la Administración Pública en general, impartidas y/u homologadas por Organismos Oficiales o comisión de Formación de la UMA. De no figurar número de horas, la equivalencia será de 10 horas por mes o fracción. Se acreditarán mediante diploma o certificado. Sólo se considerarán las recibidas y no las impartidas. |
B) OPOSICIÓN (máximo 65 puntos).
El tipo de prueba fijado por la Gerencia y el Comité de Empresa, ajustada al temario que se publica como anexo III a la presente convocatoria, es el siguiente:
a) Primer ejercicio, de carácter eliminatorio: Ejercicio tipo test sobre el contenido del temario.
La prueba contendrá entre 60 y 100 preguntas, con cuatro respuestas posibles, siendo una de ellas la correcta. El tiempo para la realización del ejercicio será de 50 segundos por pregunta.
Para superar el ejercicio será necesario obtener al menos la puntuación correspondiente a un porcentaje, fijado por el Tribunal, de entre el 50 y el 60% de la valoración del ejercicio, una vez descontado el valor de las respuestas erróneas, en su caso.
En este supuesto, se restará, por cada una de las respuestas erróneas, una cuarta parte del valor de una correcta.
b) Segundo ejercicio, también de carácter eliminatorio: Consistirá en resolver un supuesto teórico- práctico o práctico, sobre el contenido del temario, dividido en un máximo de cuatro apartados.
Para superar este ejercicio será necesario obtener al menos el 60% de la puntuación del mismo y no haber sido puntuado con cero puntos en alguno de sus apartados.
ANEXO III
1. Estatutos de la Universidad de Málaga.
2. IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, excluidas las categorías declaradas a extinguir y los Anexos I y IV.
3. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (capítulos I, III, IV y V).
4. Las divisiones del Derecho: Derecho Natural y Derecho Positivo. Derecho Público y Derecho Privado. El Derecho Civil. El Código Civil Español y legislación complementaria. Las fuentes del Ordenamiento Jurídico español. La aplicación de las normas jurídicas. La eficacia general de las normas jurídicas. Límites de la eficacia de las normas: La Ley en el tiempo y en el espacio. El concepto de persona. La persona física: Nacimiento, extinción y capacidad. Situaciones del estado civil y circunstancias modificativas de la capacidad. Las personas jurídicas: Concepto, naturaleza, clases y capacidad. La representación: Concepto, función y clases. La representación voluntaria. La representación legal. La irrevocabilidad del poder. El autocontrato.
5. Las cosas. Clases: Bienes muebles e inmuebles; de dominio público y de propiedad privada. Partes integrantes y pertenencias. El patrimonio: Tipos. Los derechos reales y diferencias con los de crédito. Caracteres y clasificación. Tipicidad de los derechos reales. Tipos dudosos de derechos reales. La obligación: Concepto y estructura. Las fuentes de las obligaciones. Clases de obligaciones. Cumplimiento anormal de las obligaciones: Mora, dolo, culpa; fuerza mayor y caso fortuito. Efectos del incumplimiento; cumplimiento forzoso en forma específica; resarcimiento de daños y perjuicios. La acción subrogatoria. Causas de extinción de las obligaciones. El pago. Pérdida de la cosa debida. Condonación de la deuda. Confusión de derechos. Compensación. Novación. Asunción de deuda.
6. EI contrato: Concepto. Capacidad de los contratantes. Objeto del contrato. La forma. Clasificación de los contratos. Generación y preparación del contrato; oferta y aceptación. Perfección, consumación y efectos de los contratos. Interpretación de los contratos. Ineficacia de los contratos. Nulidad y anulabilidad. Rescisión y confirmación. La acción revocatoria o pauliana. El contrato de compraventa. La transmisión del dominio. El pacto de reserva del dominio. Elementos de este contrato. Obligaciones del vendedor; conservación de la cosa; teoría de los riesgos; entrega de la cosa vendida; saneamiento. Obligaciones del comprador; pago del precio y pago de intereses. El contrato de arrendamiento: Aspectos fundamentales de su regulación en el Código Civil y en la legislación especial. El contrato de mandato: Naturaleza y especies. Constitución y efectos. Extinción del mandato. Contrato de mediación o corretaje. El contrato de sociedad: Naturaleza y clases. Constitución. Contenido del contrato. Extinción de la sociedad. Los cuasi-contratos. El enriquecimiento sin causa. El hecho ilícito como fuente de obligaciones.
7. El Derecho Mercantil: Fuentes. La empresa mercantil. Elementos de la empresa mercantil. El comerciante individual: Capacidad. Disposiciones generales del Código de Comercio en materia de obligaciones y contratos mercantiles. La representación en el Derecho Mercantil. La sociedad mercantil: Requisitos generales de constitución. Clases: La sociedad regular colectiva. La sociedad comanditaria simple y por acciones. La sociedad de responsabilidad limitada. La sociedad anónima: Formas de constitución. Estatutos. Aportaciones. El capital social: Aumento y reducción. Acciones. Órganos. Transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación.
8. La invalidez de los actos administrativos. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad. La revisión de oficio. La revocación de los actos. Los contratos de las Administraciones Públicas: Clases. Negocios y contratos excluidos. Requisitos: Especial referencia a la capacidad y solvencia de las empresas. La clasificación: Supuestos. Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Invalidez de los contratos. Tramitación de los expedientes de contratación. Procedimientos y formas de adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas. Técnicas del restablecimiento del equilibrio económico del contrato. Ejecución, modificación y extinción de los contratos. El contrato administrativo de obras. El contrato administrativo de gestión de servicios públicos. Especial referencia a la modalidad del concierto sanitario. El contrato administrativo de suministro. Los contratos administrativos de consultoría y asistencia y de servicios. Breve referencia al contrato de seguro en el ámbito de la Administración Pública. La responsabilidad patrimonial de la Administración: Principales teorías. Antecedentes y regulación actual. Presupuestos. Procedimiento general y procedimiento abreviado. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas. La responsabilidad patrimonial derivada de la prestación de asistencia sanitaria. Las doctrinas de los Riesgos del desarrollo y del daño continuado o permanente. La falta del consentimiento e información al paciente: Consecuencias.
9. Principios que informan el Derecho penal. Concepto del delito. El dolo. La imprudencia en el Derecho español. Formas de participación. Circunstancias que eximen de la responsabilidad criminal o la modifican. De las penas, sus clases y efectos. La responsabilidad civil derivada de los delitos y las faltas. La responsabilidad civil derivada del delito en relación con la Administración Pública. Extinción de la responsabilidad criminal. Delitos contra la Administración Pública: Especial referencia a la prevaricación, cohecho y malversación. De la alteración de precios en concursos y subastas públicas. Del descubrimiento y revelación de secretos. De las falsedades. Delitos de homicidio, aborto y lesiones. De las lesiones al feto. Delitos relativos a la manipulación genética. De la suposición del parto y de la alteración de la paternidad, estado o condición del menor. De la omisión del deber de socorro. Delitos contra la salud pública: En concreto, los delitos relativos al uso de productos y sustancias peligrosas y a la manipulación de alimentos.
10. El Derecho del Trabajo: Concepto y contenido. El sistema de fuentes del Ordenamiento laboral. El convenio colectivo: Concepto, eficacia y tipología. La norma internacional laboral. La aplicación de las normas laborales. Jerarquía normativa. Principios de ordenación. El contrato de trabajo: Clases de contrato según su duración. Los contratos temporales: Tipología y régimen jurídico. Las causas extintivas del contrato de trabajo: Especial referencia a la extinción por causas objetivas y al despido disciplinario. Prescripción y caducidad de las acciones nacidas del contrato de trabajo. La jornada de trabajo. El horario de trabajo. Los descansos semanal y festivos, las licencias y las vacaciones. El salario: Su protección legal y garantías. El salario mínimo interprofesional. La libertad sindical. Las representaciones sindicales en la empresa. El conflicto colectivo: Concepto y clases. La huelga: Régimen jurídico. La huelga en los servicios esenciales de la comunidad.
11. El Derecho Procesal: Fuentes. Jurisdicción: Concepto y fines. Unidad Jurisdiccional. Órdenes Jurisdiccionales. La Jurisdicción contable. Los principios procesales contenidos en la Constitución. El derecho a la tutela judicial efectiva. Planta y Organización de los Juzgados y Tribunales. Conflictos y cuestiones de competencia. Las partes en el proceso civil: Capacidad para ser parte, capacidad procesal y legitimación. Pluralidad de partes: El litisconsorcio y la intervención procesal. La sucesión procesal. Teoría de la acción procesal: Acción, pretensión y demanda. La pretensión como objeto del proceso. Pluralidad de pretensiones: Acumulación de acciones y de procesos. La reconvención.
12. La demanda: Concepto y naturaleza jurídica. Sus efectos. Excepciones procesales. Contestación a la demanda. La reclamación previa al ejercicio de acciones civiles. La prueba: Concepto. Disposiciones generales en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Carga de la prueba. Valoración de la prueba. Los medios de prueba: Interrogatorio de las partes; documentos públicos; documentos privados; dictamen de peritos; reconocimiento judicial; interrogatorio de testigos; los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen y de los instrumentos que permiten archivar y conocer datos relevantes para el proceso. La sentencia: Requisitos internos y efectos. Cosa juzgada formal y cosa juzgada material. Otras formas de terminación del proceso: Renuncia, desistimiento, allanamiento, transacción, caducidad, satisfacción extraprocesal y carencia sobrevenida del objeto. Los procesos declarativos: El juicio ordinario y el juicio verbal. Especial referencia al juicio monitorio. Los recursos en el Proceso Civil: Los recursos de reposición y queja. El recurso de apelación. El recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación: Resoluciones contra las que proceden y motivos. El recurso en interés de la Ley. La revisión de sentencias firmes. El proceso penal: Principios. Reglas para la determinación de la competencia. Las partes en el proceso penal. Modos de iniciación: Denuncia, querella, iniciación de oficio. El sumario. Objeto. Enumeración de las principales actuaciones sumariales. El juicio oral. La sentencia, Los recursos en el proceso penal. El procedimiento abreviado para determinados delitos. El juicio de faltas. El procedimiento causas ante el Tribunal del Jurado.
13. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Extensión y límites. Órganos y competencias. Las partes: Capacidad procesal, legitimación, representación y defensa. Objeto del recurso contencioso- administrativo: Actividad administrativa impugnable. Pretensiones. Acumulación. Cuantía del recurso. El procedimiento contencioso-administrativo en primera o única instancia: Diligencias preliminares. Fases del proceso. La sentencia. Otros modos de terminación del procedimiento. Medidas cautelares. Incidentes e invalidez de actos procesales. Los recursos en el procedimiento contencioso-administrativo. La ejecución de sentencias. El procedimiento abreviado. Los procedimientos especiales: Especial referencia al procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona. La cuestión de ilegalidad.
14. El proceso laboral: Principios que lo informan. La competencia: Conflictos y cuestiones de competencia. Las partes en el proceso laboral: Comparecencia enjuicio, representación y defensa. La evitación del proceso: La conciliación previa. La reclamación administrativa previa. El proceso laboral ordinario: Demanda, conciliación y juicio, prueba y sentencia. Los procesos con especialidad. Análisis de los siguientes: Despidos y sanciones, vacaciones, materia electoral y clasificación profesional. El proceso de conflicto colectivo. El procedimiento para la tutela de los derechos de libertad sindical. Los recursos contra providencias y autos. El recurso de suplicación. El recurso de casación. El recurso de casación para la unificación de doctrina. El recurso de revisión. La ejecución provisional y definitiva de sentencias. La ejecución de sentencias firmes de despido. La ejecución de sentencias frente a los entes públicos.
15. Las universidades: Naturaleza jurídica, creación y reconocimiento. La autonomía universitaria. Reparto de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de enseñanza. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril. La Ley 15/2003, Andaluza de Universidades. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Órganos de coordinación universitaria. La Conferencia General de Política Universitaria. El Consejo de Universidades. La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y la Acreditación. El Consejo Andaluz de Universidades. La Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria. Registro de Universidades, Centros y Títulos.
16. Los Estatutos de las universidades: Elaboración y aprobación. Naturaleza jurídica. Contenido de la potestad estatutaria. Los Estatutos de la Universidad de Málaga. Estructura de la Universidad. Centros y Departamentos. Órganos colegiados de gobierno y representación. Régimen jurídico de los órganos colegiados universitarios. Órganos unipersonales de gobierno. Normativa interna de la Universidad de Málaga sobre régimen y funcionamiento interno del Consejo Social, Claustro y Consejo de Gobierno.
17. La investigación en la Universidad. La Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. El Estatuto del Personal Investigador en Formación. La Propiedad intelectual. La propiedad industrial. Contratos para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, así como para el desarrollo de enseñanzas de especialización o actividades específicas de formación. Programa Marco de Investigación. Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación. Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación. Plan Propio de Investigación de la Universidad de Málaga.
18. Régimen jurídico del alumnado. Acceso, admisión y permanencia. La ordenación de las enseñanzas universitarias: Grado, Máster y Doctorado. Planes de Estudio. Obtención y homologación de títulos universitarios. Reconocimientos de estudios. Derechos y deberes de los alumnos. Régimen disciplinario. El seguro escolar. Tasas y precios públicos. Becas y ayudas al estudio. Regulación de programas de relaciones internacionales y movilidad. El Espacio Europeo de Educación superior.
19. El personal docente e investigador. Clases y régimen jurídico. Examen de la libertad de cátedra. El profesorado de los cuerpos docentes universitarios. Acreditación nacional. Los concursos de acceso. Las comisiones de valoración. La Comisión de Reclamaciones. La contratación laboral de personal docente por las Universidades. Figuras de personal docente contratado. Convenio Colectivo de Personal Docente e Investigador de las Universidades Públicas de Andalucía. Derechos y deberes del personal docente e investigador. Retribuciones. Situaciones administrativas. Régimen de Incompatibilidades. Control y evaluación de la calidad docente. Régimen de dedicación y licencias.
20. El personal de administración y servicios de la Universidad. Clases y régimen jurídico. La conciliación de las distintas legislaciones y normas aplicables. Selección, provisión de plazas, situaciones administrativas, retribuciones y régimen de incompatibilidades. Derechos y deberes del personal de administración y servicios de la Universidad de Málaga. Normas de régimen interno sobre permisos, horarios y licencias y provisión de puestos de trabajo. La contratación laboral del personal de administración y servicios. El Convenio Colectivo de Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
21. La financiación de las Universidades. Régimen económico y financiero de la Universidad de Málaga. La Ley General Presupuestaria. La ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Ley General de Subvenciones. Las normas de ejecución presupuestaria de la Universidad de Málaga. Normas generales. Créditos iniciales y modificaciones de crédito. Gestión Presupuestaria. El control presupuestario: concepto y ámbito de aplicación. Control interno. Control externo. El Tribunal de Cuentas. La Cámara de Cuentas de Andalucía. La gestión patrimonial de la Universidad. Administración y disposición de bienes. Patrocinio y Mecenazgo.
22. La creación por las universidades de fundaciones y otras personas jurídicas. Los convenios en el ámbito universitario. Régimen de prestaciones de servicios. La gestión pública. Nuevas formas de gestión de los servicios públicos. La dirección por objetivos. Programación de proyectos. Calidad del servicio público. Contratos programa. Planes Estratégicos.
23. Derechos de los ciudadanos: El derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Universidad de Málaga por medios electrónicos. La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico a los ciudadanos a los Servicios Públicos. Derecho a la información y seguridad de la información. La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de 3 diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Desarrollo reglamentario. Normativa de la Universidad de Málaga. Los recursos y las reclamaciones en el ámbito universitario. Especialidades en materia de calificaciones académicas y procedimientos de selección de personal.
24. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y Obligaciones. Servicios de Prevención. La libertad sindical y el derecho de negociación y representación colectiva y participación institucional.
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