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Intentada la notificación sin haberse podido practicar, de la resolución del expediente sancionador JA/001/11, incoado a La Quinta de Charilla, S.L., titular del establecimiento denominado «Hotel Rural la Quinta de Charilla», que tuvo su último domicilio conocido en Hoya de Charilla, en Alcalá la Real (Jaén), por infracción de la normativa turística, por medio del presente y en virtud de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente anuncio de somera indicación del contenido del acto, para que sirva de notificación de la resolución por infracción del artículo 60.1 de la Ley 12/99, de 15 de diciembre, del Turismo.
El plazo para el pago de la sanción impuesta será el siguiente: Si la notificación se realiza entre los días 1 al 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si la notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente, debiendo personarse en la Delegación Provincial de Turismo, Comercio y Deporte, sita en Plaza de la Constitución, núm. 13, 3.ª planta, de esta capital, para conocer el contenido íntegro de la resolución y proceder a la expedición del impreso de liquidación, con la advertencia de que, en caso de no ser ello así, se procederá a su cobro por vía ejecutiva de apremio.
Haciéndose saber que, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación.
Jaén, 8 de agosto de 2011.- La Delegada (Decreto 21/85, de 5.2), el Secretario General, Manuel Carrasco Méndez.
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