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Nombre y apellidos: Adán Santana Díaz y Rosario Bernal Sousa.
Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose los padres de la menor D.S.B., en ignorado paradero, y no habiendo podido, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado. Para su conocimiento íntegro los interesados podrán comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Federico García Lorca, núm. 3.
La Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla acordó con fecha 30 de junio de 2011:
Ratificar la declaración de desanparo provisional de la menor.
Constituir el acogimiento familiar permanente de la menor con sus abuelos maternos, mediante la suscripción del documento de formalización del mismo y las condiciones allí expuestas.
Contra la presente Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Sevilla, 16 de agosto de 2011.- El Delegado, P.A. (Dto. 21/1985, de 5.2), el Secretario General, Esteban Mellado Parreño.
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