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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3.a) de la Orden de 23 de julio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Doñana y del Parque Nacional de Sierra Nevada y de la Orden de 31 de mayo de 2011, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2011,
RESUELVE
Primero. Hacer público a los efectos de notificación del trámite de subsanación de solicitudes previsto en el artículo 10 de la citada Orden de 23 de julio de 2010 que por la Dirección General de Desarrollo Sostenible e Información Ambiental se ha dictado Resolución de 19 de agosto de 2011 en la que se relacionan las solicitudes presentadas para participar en la convocatoria de estas subvenciones correspondiente a 2011 que no reúnen los requisitos exigidos en la citada Orden, concediendo a las personas interesadas un plazo de 10 días hábiles improrrogables, para que subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos relacionados en su Anexo.
Segundo. El contenido íntegro de dicha Resolución estará expuesto en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales de la Consejería de Medio Ambiente, sitos en la Avda. Manuel Siurot, núm 50, 41071, de Sevilla, así como en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Almería, Granada, Huelva y Sevilla de dicha Consejería y en las oficinas del Parque Nacional de Doñana y del Parque Nacional de Sierra Nevada, desde el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Esta información estará también disponible en la dirección www.juntadeandalucia.es/medioambiente de la Consejería de Medio Ambiente.
Tercero. Los plazos establecidos en dicha Resolución se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de agosto de 2011.- La Directora General, Esperanza Perea Acosta.
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