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El Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, de aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010, establece en su Capítulo IV las disposiciones relativas a la reserva nacional y a la asignación de derechos con cargo a la misma, de forma que configura el procedimiento para que el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) establezca los derechos a asignar a cada agricultor. Así, prevé un plazo de presentación de solicitudes del 1 de febrero al 30 de abril de cada año, la aplicación de los criterios de reparto y, en función del número de derechos existentes en la reserva, la determinación del número de derechos a asignar por el FEGA, quien remitirá la información a las Comunidades Autónomas para su notificación antes del 31 de diciembre de cada año.
Teniendo en cuenta que estamos ante un procedimiento de concurrencia competitiva y de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6.b) en relación con el artículo 60, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se considera procedente sustituir la notificación individual por la publicación sustitutiva de las comunicaciones de los actos derivados del procedimiento de asignación los derechos de pago único con cargo a la reserva nacional, por lo que procede la determinación del medio de comunicación que se va a utilizar para ello.
En su virtud, a propuesta del Director de Fondos Agrarios, y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente,
DISPONGO
Primero. Determinación medios de comunicación.
1. En relación con el procedimiento relativo a la asignación de derechos de pago único con cargo a la reserva nacional, previsto en el Capítulo IV del Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, de aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010, los actos administrativos integrantes de ese procedimiento serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Consejería de Agricultura y Pesca y en la página web de la misma: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/servicios/ayudas/ayudas-pac/derecho-de-pago-unico/index.html, previo anuncio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Esa página podrá ser consultada a través de las Delegaciones Provinciales de la Consejería y sus centros periféricos.
2. Dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos, conforme se establece en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Segundo. Efectos.
La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de enero de 2011
Clara Eugenia Aguilera García
Consejera de Agricultura y Pesca
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