Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 26/01/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 27 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Administración Local, por la que se crea el puesto de trabajo de Vicesecretaría-Intervención en el Ayuntamiento de Bormujos como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal.

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El Ayuntamiento de Bormujos, mediante acuerdo adoptado por el Pleno municipal con fecha 25 de noviembre de 2010, procedió a la modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo y a la creación del puesto de trabajo de Vicesecretaría-Intervención, reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter estatal, y, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la creación y clasificación del mismo.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la disposición adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, y el artículo 8 del Decreto 13/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia, esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Primero. Crear y clasificar el puesto de trabajo de Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Bormujos (Sevilla) como puesto de colaboración inmediata a la Secretaría General y la sustitución de su titular y del titular de la Intervención en casos de vacante, ausencia o enfermedad o abstención legal o reglamentaria, reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter estatal perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención. El sistema de provisión de dicho puesto, que en la relación respectiva tiene asignado nivel 26 de complemento de destino, será el de concurso.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 177 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de diciembre de 2010.- El Director General, José María Reguera Benítez.

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