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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Decreto 42/02, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de fecha 17.8.11 adoptada en el expediente núm. 352-2009-00003638-1 a los padres de la menor L.R.V.L., don Antonio Valero Garrido y doña Consuelo López Pérez, por lo que se
ACUERDA
1. Mantener lo acordado en la Resolución de fecha 8 de abril de 2010 sobre la situación de desamparo y la tutela asumida sobre la menor L.R.V.L.
2. Proceder al cambio de centro de la menor, constituyéndose el acogimiento residencial de la misma que será ejercido por el Director del Centro Adonai-Emaúsde Gibraleón (Huelva), cesándose el acogimiento residencial de la misma en el Centro Prado de Santa María de Hornachuelos (Córdoba).
3. La menor podrá recibir visitas en el Centro de sus familiares y allegados en los día y horarios que el mismo establezca.
Huelva, 17 de agosto de 2011.- La Presidenta de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, P.A. (Decreto 21/85, de 5.2), el Secretario General, Miguel Calero Bermejo.
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