Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 182 de 15/09/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 1 de junio de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Torremolinos (antiguo Mixto núm. Ocho), dimanante de juicio verbal 1372/2008. (PP. 2989/2011).

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NIG: 2990142C20080006662.

Procedimiento: Juicio Verbal 1372/2008. Negociado: CO.

Sobre: Juicio Verbal (Resto). Reclamación de Cantidad.

De: C.P. Edificio Windsor.

Procuradora: Sra. Araceli Ceres Hidalgo.

Contra: Don Bernard Kaye y doña Henriette Kaye.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal 1372/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Torremolinos, a instancia de C.P. Edificio Windsor contra don Bernard Kaye y doña Henriette Kaye, sobre Juicio Verbal (Resto). Reclamación de Cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA nÚM. 18/09

En Torremolinos, a 28 de enero de 2009.

Vistos por mí, doña María Isabel Moreno Verdejo, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Torremolinos y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Verbal número 1372/08, seguidos a instancia de la Procuradora doña Araceli Ceres Hidalgo, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios Edificio Windsor, asistida de la Letrada doña Patricia Muñoz, frente a don Bernard Kaye y doña Henriette Kaye, declarados en rebeldía.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

FALLO

Que estimo demanda formulada por la Procuradora doña Araceli Ceres Hidalgo, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Edificio Windsor de Benalmádena, frente a don Bernard Kaye y doña Henriette Kaye y condeno a los demandados a pagar solidariamente la cantidad de mil trescientos euros (1.300,00 €), más intereses desde la fecha de interposición de la demanda y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación, que se tramitará ante la Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá certificación para su unión a los autos a que se refiere, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Sra. Juez que la ha dictado estando celebrando audiencia pública, en el día de su pronunciamiento, de lo que yo, el Secretario, doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados don Bernard Kaye y doña Henriette Kaye, extiendo y firmo la presente en Torremolinos, a uno de junio de dos mil once.- El/La Secretario.

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