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NlG: 4109142C20100047943.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1607/2010. Negociado: 67.
Sobre: Reclamación de cantidad por daños tráfico: 8726 CGB, 0151 CGZ.
De: Consorcio de Compensación de Seguros.
Procurador: Sr. Abogado del Estado.
Letrado: Sr. Abogado del Estado.
Contra: Mapfre Familiar, S.A., don Francisco Ramírez Lozano y don Antonio Pinelo Pérez.
Procurador: Sr. Joaquín Ladrón de Guevara Cano.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1607/2010, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Sevilla, a instancia de Consorcio de Compensación de Seguros contra Mapfre Familiar, S.A., don Francisco Ramírez Lozano y don Antonio Pinelo Pérez, sobre reclamación de cantidad por daños tráfico: 8726 CGB, 0151 CGZ, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA nÚM. 130/11
En la ciudad de Sevilla a 21 de junio de 2011.
Vistos por el Ilmo. Sr. don Francisco Berjano Arenado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Once de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal de la circulación sobre reclamación de cantidad seguidos con el núm. 1607/10 entre partes, de la una como demandante el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por el Abogado del Estado Sustituto don Francisco Jesús Martín Nogales, y de la otra, como demandados, la entidad aseguradora Mapfre Familiar, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales don Joaquín Ladrón de Guevara Cano y asistida por el Letrado don Manuel del Castillo Pedroso, don Francisco Ramírez Lozano y don Antonio Pinelo Pérez, ambos en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Consorcio de Compensación de Seguros, contra don Francisco Ramírez Lozano y don Antonio Pinelo Pérez, debo condenar y condeno a estos a que, solidariamente, abonen a aquel la cantidad de cuatrocientos euros con cuarenta y seis céntimos (400,46 euros) más los intereses devengados en la forma que se indica en el Fundamento de Derecho Tercero de esta Resolución y todo ello con expresa imposición de costas a dicho demandado; igualmente, debo absolver y absuelvo a la entidad aseguradora Mapfre Familiar, S.A., de la pretensión seguida en su contra y, todo ello, sin hacer expresa imposición de las costas respecto de las devengadas por ella.
Notifíquese esta Resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial que deberá ser preparado e interpuesto ante este Juzgado. No obstante, para admitir a trámite dicho recurso, la parte recurrente deberá tener efectuado depósito previo de la cantidad de 50 euros en la Cuenta de Depósito y Consignaciones que este Juzgado titula en la entidad Banesto.
Llévese testimonio de esta Resolución a los autos de su razón.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Antonio Pinelo Pérez, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintiuno de junio de dos mil once.- La Secretario.
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