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Intentada la notificación, sin haberse podido practicar, en los domicilios que constan en los respectivos expedientes, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica a los interesados la necesidad de subsanar la solicitud presentada, para lo que deberán aportar la documentación que se relaciona en el plazo de 10 días, apercibiéndoles de que si así no se hiciera se les tendrá por desistida su petición y, previa resolución, se archivarán sin más trámite con los efectos previstos en el art. 42.1 de la misma Ley.
Nombre | DNI/NIR | Documentación | Procedimiento |
EL AALLAOUI, ABDELLAH | X4570869X | 1 | A |
LEON PEREZ, SEBASTIAN | 45078500H | 1,3 | A |
Documentación Requerida | |
Clave | Documentación requerida |
1 | Fotografía tamaño carnet actualizada. |
2 | Certificación de la Seguridad Social de no ser pensionista por jubilación ni invalidez en grado de incapacidad permanente o absoluta. |
3 | Tarjeta de competencia Marinero, certificado expedido por el centro docente de haber superado satisfactoriamente el curso de marinero Pescador o haber superado una prueba de aptitud sobre los conocimientos teórico prácticos, según lo establecido en el Real Decreto 1519/2007, de 16 de noviembre, por el que se establecen los conocimientos y requisitos mínimos para ejercer la actividad profesional de marinero en buques de pesca (BOE núm. 290, de 4 de diciembre de 2007). |
4 | Certificado Médico vigente de reconocimiento previo al embarque del Instituto Social de la Marina. |
5 | Justificante de ingreso de tasas oficiales. |
6 | Certificación de Capitanía Marítima o copia compulsada de la Libreta de Inscripción Marítima donde se acredite el periodo de embarque requerido. |
7 | Certificado de Examen. |
8 | Documento acreditativo de la Titulación. |
9 | Fotocopia compulsada del título profesional de Buceo. |
10 | Certificado médico oficial realizado por médico que posea el título, especialidad, diploma o certificado relacionado con las actividades subacuáticas, emitido por organismo oficial, de acuerdo con el art. 25.2 de la Orden del 14 octubre de 1997, del Ministerio de Fomento, por la que se aprueban normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas. |
11 | En el modelo de solicitud se encuentra marcada la casilla de expedición de tarjeta «Nueva», constando que la tiene expedida y en vigor. Si se trata de solicitud de expedición por deterioro, pérdida o robo, deberá remitir copia compulsada de la tarjeta deteriorada, declaración jurada de la pérdida, o copia compulsada de la denuncia del robo. |
Procedimientos | |
Clave | Procedimiento |
A | Expedición de Tarjetas de Identidad Profesional Náutico Pesquera. |
B | Expedición de Libretas de Actividades Subacuáticas. |
Sevilla, 8 de septiembre de 2011.- El Secretario General, Fernando Morillo Pérez.
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