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Con fecha 1 de septiembre de 2011 la Delegada Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Almería, en los procedimientos núms. 352-2007-04000104-1 y 352-2007-04000105-1 (EQM1), referentes a los menores E.M.M. y S.M.M., ha dictado Resolución de Cese de Acogimiento Familiar Permanente.
Por la presente, se ordena la notificación del presente acto a doña Remedios Miranda Sáez, al encontrarse en paradero desconocido, según consta en el expediente, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se le hace saber que contra la presente Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Almería, en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 798 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Dado que la publicación íntegra del acto lesionaría los derechos inherentes al menor, podrá comparecer en el plazo de diez días en el Servicio de Protección de Menores, sito en la localidad de Almería, C/ Real, núm. 5, para su completo conocimiento.
Almería, 5 de septiembre de 2011.- La Delegada, Adela Segura Martínez.
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