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NIG: 2906742C20090052849.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2585/2009. Negociado: 5T.
Sobre: Resto ordinarios.
De: Consorcio de Compensación de Seguros.
Contra: Don Manuel Santaella Jiménez.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
Doña María Cruz Vílchez Cobos, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia numero Uno de los de Málaga.
Hago saber: Que en el proceso arriba indicado ha recaído Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:
SENTENCIA NÚM. 196
Juez que la dicta: Doña Dolores Ruiz Jiménez.
Lugar: Málaga.
Fecha: Diez de septiembre de dos mil diez.
Parte demandante: Consorcio de Compensación de Seguros.
Abogado: Luis Ramón Gutiérrez Hidalgo.
Procurador:
Parte demandada: Manuel Santaella Jiménez.
Abogado:
Procurador:
Objeto del juicio: Reclamación de cantidad. Resto.
FALLO
Que estimando la demanda deducida por el Consorcio de Compensación de Seguros contra don Manuel Santaella Jiménez, rebelde, debo condenar y condeno al demandado a que satisfaga a la actora la cantidad de 10.794,22 euros; así como al pago de los intereses legales devengados; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2933, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a don Manuel Santaella Jiménez, mediante su publicación en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente en Málaga, a 25 de noviembre de dos mil diez.- La Secretaria Judicial.
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