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En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación en el domicilio que consta en el expediente, por el presente anuncio se notifica los siguientes laudos, a los interesados indicados en el Anexo. Dichos laudos, se encuentran a disposición de los interesados en la sede de la Junta Arbitral del Transporte de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, sita en Avda. Joaquina Eguaras, 2, 2.ª planta, de Granada, en donde podrán comparecer en el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado laudo y constancia de tal conocimiento. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado se le dará por notificado en el día de la publicación del presente anuncio.
ANEXO
| Núm. Expte. | Demandado | Extracto del Laudo |
| JAT/GR-30/10 |
MURCIANA DE CARGAS, S. L. Avda. de los Pulpites, 78 30.565–TORRES DE COTILLAS (Murcia) |
Se archivan las actuaciones realizadas en el expediente por incompetencia territorial. |
| JAT/GR- 55/10 |
JUAN ANTONIO MONROY CABALLERO C/ Buenos Aires, 4 28.770 – COLMENAR VIEJO (Madrid) |
Se desestima la demanda por falta de legitimación pasiva. |
| JAT/GR- 56/10 |
TRANS Y TRANS RUTAS INTERNACIONALES, S.L. Polígono Industrial La Quinta Avda. Castilla La Mancha, 23 19.171 – CABANILLAS DEL CAMPO (Guadalajara) |
Se condena a abonar a D. José Pérez Fuentes la cantidad de 920,00 €. |
| JAT/GR- 58/10 |
MURCIANA DE CARGAS, S. L. Avda. de los Pulpites, 78 30.565–TORRES DE COTILLAS (Murcia) |
Se archivan las actuaciones realizadas en el expediente por incompetencia territorial. |
| JAT/GR-78 Y 79 |
MASSIMOTIR TRANSPORTES, S.L. Edificio Casinomar Avda. Europa, 3 29.630 – BENALMADENA (Málaga) |
No habiendo comparecido la parte reclamante se le tiene por desistida, y se ordena la terminación y archivo de las actuaciones realizadas. |
| JAT/GR-94/10 |
E. A. CISA, S.L. C/ Isleta del Moro, 16 04.720 – AGUADULCE (Almería) |
Se condena a abonar a Transtegra, S.L., la cantidad de 2.436,00 € más los intereses legales correspondientes. |
| JAT/GR-96/10 |
TRAVELSILO, S.A. Ctra. Nacional 340, s/n 04.600 – HUERCAL OVERA (Almería) |
Se archivan las actuaciones realizadas en el expediente por incompetencia territorial |
| JAT/GR-152/10 |
EMA CHIMENEAS METALICAS, S.L. Nave Frutas Hnos. Moril Ctra. Santa Fe, s/n 18.230 – ATARFE (Granada) |
No habiendo comparecido la parte reclamante se le tiene por desistida, y se ordena la terminación y archivo de las actuaciones realizadas |
| JAT/GR-176/10 |
TRANS-ZANON, S.L. Polígono Industrial Masía del Juez C/ Els Llibres, 65 46.500 – TORRENT (Valencia) |
No habiendo comparecido la parte reclamante se le tiene por desistida, y se ordena la terminación y archivo de las actuaciones realizadas. |
Transcurridos veinte días desde la publicación de este laudo, podrá instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de lo Mercantil de Granada, conforme establecen los artículos 44 y 45 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y el art. 548 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Contra este laudo puede ejercitarse la acción de anulación ante la Audiencia Provincial de Granada en el plazo de dos meses siguientes a su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 a 43, ambos inclusive, de la Ley de Arbitraje.
Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación del laudo podrá solicitarse a esta Junta Arbitral su corrección, aclaración o complemento, de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje.
Granada, 13 de enero de 2011.- El Secretario General, Alfonso R. López Romero.
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