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En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación en el domicilio que consta en el expediente, por el presente anuncio se notifica los siguientes laudos, a los interesados indicados en el Anexo. Dichos laudos, se encuentran a disposición de los interesados en la sede de la Junta Arbitral del Transporte de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, sita en Avda. Joaquina Eguaras, 2, 2.ª planta, de Granada, en donde podrán comparecer en el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado laudo y constancia de tal conocimiento. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado se le dará por notificado en el día de la publicación del presente anuncio.
ANEXO
Núm. Expte. | Demandado | Extracto del Laudo |
JAT/GR-30/10 |
MURCIANA DE CARGAS, S. L. Avda. de los Pulpites, 78 30.565–TORRES DE COTILLAS (Murcia) |
Se archivan las actuaciones realizadas en el expediente por incompetencia territorial. |
JAT/GR- 55/10 |
JUAN ANTONIO MONROY CABALLERO C/ Buenos Aires, 4 28.770 – COLMENAR VIEJO (Madrid) |
Se desestima la demanda por falta de legitimación pasiva. |
JAT/GR- 56/10 |
TRANS Y TRANS RUTAS INTERNACIONALES, S.L. Polígono Industrial La Quinta Avda. Castilla La Mancha, 23 19.171 – CABANILLAS DEL CAMPO (Guadalajara) |
Se condena a abonar a D. José Pérez Fuentes la cantidad de 920,00 €. |
JAT/GR- 58/10 |
MURCIANA DE CARGAS, S. L. Avda. de los Pulpites, 78 30.565–TORRES DE COTILLAS (Murcia) |
Se archivan las actuaciones realizadas en el expediente por incompetencia territorial. |
JAT/GR-78 Y 79 |
MASSIMOTIR TRANSPORTES, S.L. Edificio Casinomar Avda. Europa, 3 29.630 – BENALMADENA (Málaga) |
No habiendo comparecido la parte reclamante se le tiene por desistida, y se ordena la terminación y archivo de las actuaciones realizadas. |
JAT/GR-94/10 |
E. A. CISA, S.L. C/ Isleta del Moro, 16 04.720 – AGUADULCE (Almería) |
Se condena a abonar a Transtegra, S.L., la cantidad de 2.436,00 € más los intereses legales correspondientes. |
JAT/GR-96/10 |
TRAVELSILO, S.A. Ctra. Nacional 340, s/n 04.600 – HUERCAL OVERA (Almería) |
Se archivan las actuaciones realizadas en el expediente por incompetencia territorial |
JAT/GR-152/10 |
EMA CHIMENEAS METALICAS, S.L. Nave Frutas Hnos. Moril Ctra. Santa Fe, s/n 18.230 – ATARFE (Granada) |
No habiendo comparecido la parte reclamante se le tiene por desistida, y se ordena la terminación y archivo de las actuaciones realizadas |
JAT/GR-176/10 |
TRANS-ZANON, S.L. Polígono Industrial Masía del Juez C/ Els Llibres, 65 46.500 – TORRENT (Valencia) |
No habiendo comparecido la parte reclamante se le tiene por desistida, y se ordena la terminación y archivo de las actuaciones realizadas. |
Transcurridos veinte días desde la publicación de este laudo, podrá instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de lo Mercantil de Granada, conforme establecen los artículos 44 y 45 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y el art. 548 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Contra este laudo puede ejercitarse la acción de anulación ante la Audiencia Provincial de Granada en el plazo de dos meses siguientes a su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 a 43, ambos inclusive, de la Ley de Arbitraje.
Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación del laudo podrá solicitarse a esta Junta Arbitral su corrección, aclaración o complemento, de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje.
Granada, 13 de enero de 2011.- El Secretario General, Alfonso R. López Romero.
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