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Se somete a Información Pública el «Pliego de bases de la EDAR de Valenzuela (Córdoba)», cuyas obras se desarrollarán en los términos municipales de Valenzuela (Córdoba) y Porcuna (Jaén), a los efectos siguientes:
1. Interés general para su publicación y general conocimiento.
2. Trámite de expropiaciones forzosas, ocupaciones y afecciones, según Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
3. Tramitación medioambiental según Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
NOTA EXTRACTO
1. Objeto del proyecto.
El municipio de Valenzuela, a través de la corporación municipal y para dar cumplimiento a lo establecido en la Normativa Comunitaria (Directiva 91/271), debe adaptar y depurar convenientemente sus vertidos residuales. En base a lo anterior se plantea la necesidad de agrupación de vertidos y nueva EDAR, que depurará mediante tratamiento secundario los vertidos urbanos, entregando el efluente depurado al cauce receptor.
2. Descripción de las obras.
La línea de proceso esquemática es:
Línea de agua:
- Elevación de entrada. Se colocará previamente un pozo de gruesos. En cuanto a la elevación del agua, en el caso de que la altura a salvar lo permita, se utilizarán preferentemente tornillos de Arquímedes, de configuración Monoblock. Se instalará un tornillo capaz de elevar hasta el caudal máximo del pretratamiento y otro más de reserva. Si no fuera necesario elevar el agua residual, la obra de llegada se proyectará para recibir el/los colector/es y poder aliviar los excesos sobre el caudal máximo de pretratamiento.
- Desbaste.
- Desarenado-desengrasado.
- Reactores biológicos profundos (deep shaft). Se propone por parte de la Consejería de Medio Ambiente un novedoso sistema de depuración de las aguas residuales derivado del conocido como «deep shaft» o pozo profundo, que muestra ciertas ventajas frente a otras tecnologías de depuración, sobre todo en lo referente a la sencillez de funcionamiento y explotación, eliminación del proceso posterior de estabilización de fangos y menor producción de éstos que en los procesos convencionales y posibilidad de eliminar el nitrógeno presente en las aguas residuales.
- Decantación secundaria. Se efectuará preferentemente en decantadores lamelares. La extracción de fangos será desde la pócela central a la que serán conducidos mediante rasquetas de arrastre. Dichas rasquetas deberán ser fácilmente desmontables y extraíbles. Es necesaria la instalación de un disipador de energía, que tiene la función de separar el aire de la fase líquida y ralentizar el movimiento de la mezcla, evitando de esta forma la aparición de turbulencias en la fase de sedimentación.
Línea de fangos:
- Recirculación de fangos: Se instalarán como mínimo dos unidades ¡guales. Todas las bombas podrán trabajar en paralelo, y en condiciones normales de operación una de ellas permanecerá en reserva. En ningún caso la parada de las bombas será simultánea.
Purga de fangos.
- Espesador.
- Deshidratación con centrífuga.
- Almacenamiento.
Obra civil:
Se prevé la instalación de una línea eléctrica para dar servicio a la planta, así como una de abastecimiento de agua necesaria para el funcionamiento de los equipos. Por último se ha previsto la ampliación del camino existente para un mejor paso de la maquinaria y vehículos de servicio de la EDAR.
3. Propietarios afectados.
NÚM. DE ORDEN |
TÉRMINO MUNICIPAL |
POL. | PAR. | PARAJE | PROPIETARIO |
SUPERFICIE DE EXPROPIACIÓN (m²) |
||
OC.DEF. |
E.S.A. E.S.V. |
OC.TEMP. | ||||||
1 | VALENZUELA | 2 | 6 | DEHESA BAJA | LUQUE CASTILLA, MARÍA ANTONIA | 4.776,26 | 0,00 | 0,00 |
2 | VALENZUELA | 2 | 7 | DEHESA BAJA | LUQUE MONTILLA, MARÍA ANTONIA | 37,10 | 719,16 | 2.158,18 |
3 | VALENZUELA | 2 | 8 | DEHESA BAJA | LUQUE LUQUE, BARTOLOMÉ | 186,05 | 360,22 | 625,18 |
4 | VALENZUELA | 2 | 9 | DEHESA BAJA | GUTIÉRREZ CASTILLO, GENARO | 0,00 | 771,80 | 1.719,46 |
5 | VALENZUELA | 2 | 10 | DEHESA BAJA | HORCAS LUQUE, ANTONIO | 0,00 | 4,43 | 15,47 |
6 | VALENZUELA | 2 | 11 | LA ZORRA | PÉREZ PORCUNA, MIGUEL (HEREDEROS) | 0,00 | 0,00 | 301,99 |
7 | VALENZUELA | 2 | 12 | LA ZORRA | PÉREZ VELASCO, ADELAIDA | 0,00 | 136,17 | 301,99 |
8 | VALENZUELA | 2 | 185 | DEHESA BAJA | OLIVÁN LÓPEZ, JUAN | 0,56 | 51,89 | 0,00 |
9 | VALENZUELA | 2 | 186 | DEHESA BAJA | LUOUE HIDALGO, ILDEFONSO | 14,73 | 19,99 | 0,00 |
10 | VALENZUELA | 2 | 187 | DEHESA BAJA | JIMÉNEZ DE LA ROSA, JOSÉ | 9,81 | 47,40 | 0,00 |
11 | VALENZUELA | 2 | 188 | DEHESA BAJA | LUQUE LUQUE, BARTOLOMÉ | 155,83 | 484,23 | 0,00 |
12 | VALENZUELA | 2 | 189 | DEHESA BAJA | SERRANO PRIEGO, ESPERANZA | 58,89 | 165,93 | 0,00 |
13 | VALENZUELA | 2 | 190 | DEHESA BAJA | MUÑOZ BERMÚDEZ, CARMEN | 0,00 | 88,69 | 0,00 |
14 | VALENZUELA | 2 | 192 | DEHESA BAJA | CÁMARA MONTILLA, ANTONIA | 27,24 | 66,67 | 0,00 |
15 | VALENZUELA | 2 | 194 | DEHESA BAJA | BERMÚDEZ GARCÍA, TRINIDAD (HEREDEROS) | 27,24 | 875,42 | 0,00 |
16 | VALENZUELA | 2 | 195 | DEHESA BAJA | PÉREZ VELASCO, ANTONIA (HEREDEROS) | 0,00 | 532,81 | 668,53 |
17 | VALENZUELA | 2 | 242 | DEHESA BAJA | CÁMARA MONTILLA, ANTONIA | 239,60 | 0,00 | 0,00 |
18 | VALENZUELA | 2 | 243 | DEHESA BAJA | CÁMARA MONTILLA, NIEVES | 224,92 | 0,00 | 0,00 |
19 | VALENZUELA | 2 | 9004 |
DETALLE TOPOGRÁFICO |
AYUNTAMIENTO DE VALENZUELA | 0,00 | 1.530,74 | 57,97 |
20 | VALENZUELA | 2 | 9005 |
DETALLE TOPOGRÁFICO |
AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA | 3,62 | 0,00 | 0,00 |
21 | VALENZUELA | 2 | 9007 |
DETALLE TOPOGRÁFICO |
JUNTA DE ANDALUCÍA | 0,00 | 347,41 | 1.249,82 |
22 | VALENZUELA | 2 | 9028 |
DETALLE TOPOGRÁFICO |
AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA | 0,00 | 172,32 | 546,51 |
23 | PORCUNA | 14 | 210 | JERINGUERO |
MELERO PEINADO, ANTONIO (HEREDEROS) (USUFRUCTO) |
0,00 | 55,08 | 235,46 |
AGUILERA RODRÍGUEZ, ALFONSO (25%) | ||||||||
|
MELERO PORCUNA, ANTONIA (25%) | |||||||
|
MELERO PORCUNA, ANA (25%) | |||||||
|
MUÑOZ BERMÚDEZ, ANTONIO (25%) | |||||||
24 | PORCUNA | 14 | 212 | JERINGUERO | RIVAS CASTILLA, JOSÉ (HEREDEROS) | 0,00 | 32,24 | 391,12 |
25 |
PORCUNA |
14 | 213 | JERINGUERO | ROMERO PORCUNA, JUAN | 0,00 | 0,00 | 123,08 |
TOTAL | 5.761,85 | 6.462,60 | 8.394,76 |
4. Afecciones a vías pecuarias.
Conforme a los datos incluidos en el pliego de bases se observa afección sobre la vía pecuaria Vereda de Baena a Porcuna, con código de inventario de vías pecuarias 14063004. La afección prevista se produce por los cruces de la línea eléctrica y de la línea de abastecimiento de agua potable que darán servicio a las instalaciones de la depuradora.
Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la última de las publicaciones que se efectúen en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén y en uno de los diarios de mayor circulación de las provincias de Córdoba y Jaén, para que los interesados puedan presentar reclamaciones y alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición de los bienes y su estado material o legal, a través de los registros y oficinas regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en los Ayuntamientos de Valenzuela (Córdoba) y Porcuna (Jaén) o ante los Delegados Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente de Córdoba y Jaén, en cuyas oficinas y durante los mismos días y en horas hábiles está expuesto el citado proyecto, a disposición de los que deseen examinarlo.
En el tablón de anuncios de los Ayuntamientos donde radiquen los bienes objeto de expropiación se fijará una copia de la relación de los bienes y derechos afectados, a tenor de lo dispuesto en los artículos 18 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y concordantes del Reglamento para su aplicación.
Córdoba, 14 de septiembre de 2011.- El Delegado, José Ignacio Expósito Prats.
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