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En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 105, del día 31 de mayo de 2011, fue insertada la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de fecha 12 de mayo de 2011, por la que se hacían públicos los listados de las personas que, habiendo solicitado la ayuda de Acción Social de Guardería y Cuidado de Hijos e Hijas, en la convocatoria de ayudas de 2010, debían aportar la documentación específica para esta modalidad de ayuda y las que tenían alguna exclusión general.
Una vez examinada la documentación aportada, y antes de publicar el listado definitivo de personas beneficiarias y excluidas, es necesario publicar un listado provisional de personas admitidas y rechazadas, al objeto de conceder plazo para que, si se han observado defectos en la documentación aportada, o si persisten los que se detectaron en la solicitud, puedan ser subsanados.
En el caso de que la persona solicitante se encontrara en el listado de excluidos, sólo podrá subsanar las exclusiones que se exponen, si la misma actuó en la fase concedida para la aportación de documentación y la subsanación de causas generales de exclusión, que se cita al inicio de esta Resolución.
En base a todo lo expuesto y a la competencia que me confiere la Disposición Adicional Primera de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de 18 de abril de 2001, en relación con el Decreto 133/2010, de 13 de abril (BOJA núm. 71, de 14 de abril), que establece la estructura orgánica de esta Consejería,
DISPONGO
Primero. Publicar los listados provisionales del personal de esta Administración que se encuentra admitido, así como del excluido, con indicación de las causas de exclusión, de la ayuda de Guardería y Cuidado de Hijos e Hijas, correspondiente a la convocatoria de ayudas de Acción Social de 2010 que, a tales efectos, quedarán expuestos en esta Consejería de Hacienda y Administración Pública y en sus Delegaciones Provinciales y su consulta podrá realizarse, a su vez, a través de la Web del Empleado Público https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/, seleccionando Trámites Laborales, Ayudas de Acción Social, y cuya información podrá obtenerse mediante la consulta a través del DNI, así como mediante los listados que se publican en el apartado de ayudas sometidas a convocatoria, accediendo a la modalidad de Guardería y Cuidado de Hijos e Hijas, convocatoria 2010.
Segundo. Conceder un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que los interesados presenten las reclamaciones que estimen pertinentes y subsanen los defectos u omisiones de que adolezca la documentación, lo que deberán hacer a través de los Registros Generales y Auxiliares de las Consejerías y Agencias Administrativas y sus Delegaciones Provinciales, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 15 de septiembre de 2011.- La Directora General, Isabel Mayo López.
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