Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 05/10/2011

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Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Anuncio de 14 de septiembre de 2011, de la Delegación Provincial de Córdoba, de certificación del acuerdo de rectificación de error material, emitida por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 14 de julio de 2011.

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EXPEDIENTE DE RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE BELMEZ, EN RELACIÓN CON EL ÁMBITO DE LA UA-R4, EL PLANO DE ORDENACIÓN DEL NÚCLEO PRINCIPAL CLASIFICACIÓN DEL SUELO NÚM. 2 EXCLUYENDO LAS PARCELAS 8, 9 Y 10 DE DICHO ÁMBITO Y MODIFICANDO LA DETERMINACIÓN PREVISTA EN LA FICHA DE PLANEAMIENTO DE LA UA-R4 RELATIVA A LA SUPERFICIE BRUTA DEL ÁMBITO, QUE PASA DE 2,82 HECTÁREAS A 2,51 HECTÁREAS EN LA FICHA YA MODIFICADA, EN EL MUNICIPIO DE BELMEZ

PUBLICACIÓN DE CERTIFICACIÓN DEL ACUERDO

Certificación, emitida en los términos previstos en el art. 27.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como los artículos 93, 95 y 96 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, del acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba en sesión celebrada el día 14 de julio de 2011, en relación con el siguiente expediente:

P-31/11.

Expediente promovido por el Ayuntamiento de Belmez en solicitud de rectificación de error material de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de dicho municipio.

Visto el referido expediente por el que el Ayuntamiento Pleno de Belmez, en sesión celebrada el día 5 de julio de 2011, acuerda por unanimidad rectificar el error material detectado en el Plano de Ordenación del Núcleo Principal Clasificación del Suelo núm. 2 y, en consecuencia, la Ficha de Planeamiento correspondiente a la Unidad de Ejecución UA-R4.

La Comisión, previa propuesta de Acuerdo de la Delegación Provincial, elaborada en base al informe emitido por el Servicio de Urbanismo, y a la vista de lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, valora que en el presente caso concurre el presupuesto de hecho contemplado en estos preceptos.

En consecuencia, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Sección Urbanismo, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 13.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía, en materia de ordenación del territorio y urbanismo, acuerda la rectificación de error material de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Belmez, en relación al ámbito de la UA-R4, el Plano de Ordenación del Núcleo Principal Clasificación del Suelo núm. 2 excluyendo las parcelas 8, 9 y 10 de dicho ámbito y modificando la determinación prevista en la Ficha de Planeamiento de la UA-R4 relativa a la superficie bruta del ámbito, que pasa de 2,82 hectáreas a 2,51 hectáreas en la Ficha ya modificada.

Con carácter previo a la publicación de la presente Resolución, deberá procederse a realizar el depósito del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el artículo 40 de LOUA y artículo 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el art. 41 de la LOUA, y se notificará al Ayuntamiento de Belmez y, en su caso, a demás interesados.

Contra los contenidos de la presente Resolución que hayan sido objeto de aprobación, y que ponen fin a la vía administrativa por su condición de disposición administrativa de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según se prevé en el artículo 46.1 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con cumplimiento de los requisitos previstos en la misma, así como en el artículo 23.3 del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre.

Córdoba, 14 de julio de 2011. V.º B.º El Vicepresidente 2.º de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba. Fdo.: Francisco García Delgado. La Secretaria de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba. Fdo.: Isabel Rivera Salas.

PUBLICACIÓN DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS

FICHA DE PLANEAMIENTO MODIFICADA

UNIDAD DE EJECUCIÓN UA-R4

Ámbito. Objetivos.

Unidad de ejecución en suelo urbano situada al norte del antiguo trazado de la carretera nacional 432 y en la zona este del núcleo.

- Condiciones Generales de la UA.

Superficie bruta 2,51 hectáreas.

- Condiciones de la edificación.

Calificación: Tolerancia industrial.

Parcela mínima edificable: 100 m².

Alineaciones: Línea exterior de la edificación coincidente con la del vial.

Ocupación máxima de parcela: Según ordenanzas.

Altura máxima: 2 plantas y 7 metros.

- Condiciones de viario.

Ancho mínimo de calzada rodada 6 m.

Ancho mínimo de acerado 1,50 m.

Ancho mínimo para calles peatonales 4 m.

- Cesiones obligatorias.

La totalidad del viario.

Zona libre de 2.800 m².

- Ordenación.

La ordenación y calificación pormenorizada establecida en la documentación gráfica será vinculante para el desarrollo de la UA, debiendo disponerse una franja de terreno libre junto a la antigua carretera de un ancho de 10 metros.

- Planeamiento de desarrollo.

Proyecto de urbanización que podrá realizarse por fases siempre que se garanticen los servicios generales de la UA y que queden aseguradas las cesiones gratuitas al municipio así como el justo reparto de cargas y beneficios entre propietarios. Deberán ejecutarse por manzanas completas o para un mínimo de 25 viviendas.

- Sistema de gestión.

Compensación.

Córdoba, 14 de septiembre de 2011.- El Delegado, Francisco García Delgado.

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