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Expediente AT-11768/11
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de 4 de febrero de 2011, don Juan José Prieto Maestro, en nombre y representación de la entidad mercantil «Red Eléctrica de España, S.A.», con domicilio en Paseo Conde de los Gaitanes, núm. 177, La Moraleja, 28109, Alcobendas, Madrid, solicitó la Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto y Declaración de Utilidad Pública, en concreto, para la instalación que se cita, de acuerdo con el Título VII, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
A tal efecto se adjuntó el Proyecto de ejecución de ampliación parque 220 kV en el término municipal de Jerez de la Frontera, y relación de propietarios de los terrenos afectados.
Segundo. De conformidad con el artículo 144 del R.D. 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante R.D. 1955/2000), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio, respectivamente, en el BOP de Cádiz núm. 87, de 11.5.2011, BOJA núm. 121, de 22.6.2011, BOE núm. 127, de 28.5.2011 y en el Diario La Voz de Cádiz de fecha 10.5.2011. Del mismo modo, se publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, durante el periodo de 20 días, no habiéndose producido alegaciones durante dicho período.
Tercero. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1.955/2000, fueron notificados los Organismos y Servicios Públicos que pudieran ser afectados en sus bienes y servicios, en concreto el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera y Endesa Distribución Eléctrica.
La contestación de la anterior entidad y la preceptiva respuesta de la solicitante, de conformidad con el procedimiento establecido en el R.D. 1.955/2000, se desarrolló en los siguientes términos:
- El Ayuntamiento de Jerez de la Frontera: Emite informe urbanístico favorable.
- Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.: No responde a la solicitud de establecimiento de condicionado. Reiterado la solicitud y transcurrido el plazo tampoco emite repuesta.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 del R.D. 1955/2000, se le solicitó informe al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio al que respondió favorablemente en el plazo establecido.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Esta Delegación Provincial es competente para resolver sobre la citada autorización y aprobación del Proyecto, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en los Decretos del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía, y 134/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, BOJA núm. 59, de 28.3.2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería Innovación, Ciencia y Empresa, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, resuelve:
Otorgar a Red Eléctrica de España, S.A., autorización administrativa, aprobación del proyecto y declarar en concreto la utilidad pública a los efectos señalados en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos, para el establecimiento de la instalación cuyas principales características son las siguientes:
DESCRIPCIÓN DE LA INSTALACIÓN: AMPLIACIÓN PARQUE 220 KV
Lugar donde se va a establecer la instalación: Subestación de Cartuja.
Término municipal afectado: Jerez de la Frontera.
Finalidad: Contribuir al mallado de la red de transporte y evacuación de régimen especial.
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES
Ampliación SET Cartuja 220 kV.
Alcance:
Calle 15: Reserva, autotransformador ATP-2.
Calle 16: Autotransformador ATP-1 + interruptor.
Calle 12 Posición de reserva batería de condensadores.
Calles 11, 13 y 14: Posición de reserva.
Características del autotransformador:
Tensión del devanado primario (kV): 400.
Tensión del devanado secundario (kV): 220.
Tensión del devanado terciario (kV): 33-26, 58-24.
Potencia nominal (MVA): 600.
Configuración: Banco autotransformadores monofásicos.
Esta autorización y aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.
2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
3. El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir de la presente resolución.
4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta puesta en marcha.
5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
7. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
8. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Ilmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cádiz, 7 de septiembre de 2011.- La Delegada, Angelina María Ortiz del Río.
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