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Habiéndose dictado con fecha 10 de noviembre Resolución del Presidente del Servicio Andaluz de Empleo, de encomienda de gestión, en virtud de lo establecido en el artículo 105.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESUELVO
Hacer pública la Resolución de 10 de noviembre de 2010, del Presidente del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se encomienda a la empresa pública Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, S.A.U., (Sadesi), las ejecución de los servicios de «Apoyo y asesoramiento permanente en materia de telecomunicaciones y servicios avanzados para el empleo».
Sevilla, 14 de diciembre de 2010.- La Directora Gerente, Alejandra María Rueda Cruz.
Resolución de 10 de noviembre de 2010, del Presidente del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se encomienda a la empresa pública Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, S.A.U., (Sadesi), las ejecución de los servicios de «Apoyo y asesoramiento permanente en materia de telecomunicaciones y servicios avanzados para el empleo».
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo (BOJA núm. 153, de 28 de diciembre de 2002), el Servicio Andaluz de Empleo, como Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma, adscrito a la Consejería de Empleo tiene asignada la competencia y gestión de la política de empleo de la Junta de Andalucía.
Que el artículo 1 del Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo, atribuye a la Consejería de Empleo entre otras las competencias relativas a: Las políticas activas de empleo y de intermediación laboral atribuidas por el artículo 3 de la Ley 4/2002, de 16 diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo, y en particular: La intermediación laboral, mediante la cualificación de la demanda y la dinamización de la oferta de empleo, facilitando el ajuste entre empleadores y demandantes de empleo.
En esta línea, el Servicio Andaluz de Empleo, se encuentra actualmente inmerso en el desarrollo de los dispositivos y procedimientos del sistema de gestión de las políticas activas de empleo, que refuercen su papel como instrumento eficiente para la mejora de la empleabilidad de la población andaluza, acercando los servicios a la ciudadanía y facilitando el acceso al empleo y la formación.
Teniendo en cuenta estas necesidades y los servicios ofertados por el Servicio Andaluz de Empleo, se precisa la evolución del servicio de atención multicanal destinado a la población andaluza, que aporte los recursos necesarios para garantizar un servicio de calidad y una gestión ágil y rápida a la ciudadanía.
Atendiendo a las necesidades de acercar los servicios de empleo y formación a la ciudadanía y favoreciendo la formación a lo largo de la vida de los trabajadores desempleados y ocupados, se hace necesaria la adaptación de las herramientas que hasta ahora se han venido utilizando en el desarrollo de las actuaciones de mejora del Servicio Público de Empleo en Andalucía, teniendo en cuenta nuevas soluciones que mejoren la calidad de los servicios, y que constituyan una garantía en las actuaciones realizadas, favoreciendo el acercamiento a la ciudadanía, y optimizando todos los recursos disponibles.
Por todo ello, se considera que el mejor modo de alcanzar los objetivos antes citados, en las actuales condiciones del Servicio Andaluz de Empleo, es encomendando la ejecución de los servicios de «Apoyo y asesoramiento permanente en materia de telecomunicaciones y servicios avanzados para el empleo» a la «Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, S.A.U.» (en adelante Sadesi), entidad instrumental del sector público andaluz, con experiencia probada en la realización de estos trabajos, tanto por su práctica anterior en el desarrollo de actuaciones similares con el Servicio Andaluz de Empleo, como con otras Consejerías.
Por último, hay que señalar que estas acciones encaminadas a la mejora de los Servicios Públicos de Empleo en Andalucía, dentro del Plan de Modernización, se va a financiar con fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal, de modernización de los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, según la Orden TIN/687/2010, de 12 de marzo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2010, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 5/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010,
RESUELVO
Primero. Se encomienda a Sadesi, en los términos contenidos en la presente Resolución, y bajo la supervisión del Servicio Andaluz de Empleo, la ejecución de los servicios de «Apoyo y asesoramiento permanente en materia de telecomunicaciones y servicios avanzados para el empleo».
Segundo. Las obligaciones a desempeñar por Sadesi, con relación al objeto de la presente encomienda, según se desarrollan en el Anexo II, serán las que a continuación se relacionan:
1. La prestación de un servicio de atención multicanal dirigido a la población andaluza, con el fin de realizar entre otras tareas encaminadas a potenciar la empleabilidad de los trabajadores y trabajadoras de Andalucía, el seguimiento, evaluación y control de las actividades de formación para el empleo, y de otros servicios prestados por el Servicio Andaluz de Empleo.
2. La prestación de apoyo y asesoramiento permanente en materia de telecomunicaciones y servicios avanzados para el empleo al Servicio Andaluz de Empleo, que se hará extensiva a la asistencia técnica, desarrollo, implantación, así como la explotación, estudio, análisis, elaboración de informes y demás funciones o tareas relacionadas con la prestación del servicio de atención y comunicación a personas usuarias del Servicio Andaluz de Empleo, que se encomiende en el ámbito de sus competencias.
3. Ofrecer actuaciones de respuesta inmediata para la gestión del propio Servicio Andaluz de Empleo un punto único a través del cual interactuarán con el soporte técnico para cualquier incidencia, avería, petición o consulta relacionada con las herramientas que forman parte del puesto de trabajo del usuario.
Tercero. A todos los efectos, la totalidad de los servicios encomendados serán prestados por Sadesi con independencia de las subcontrataciones que tuviera que realizar para garantizar la prestación de dichos servicios.
Cuarto. Derivada de las actuaciones incluidas en la presente encomienda Sadesi tendrá acceso a datos de carácter personal titularidad del Servicio Andaluz de Empleo (en adelante, los «datos») que se hallan sujetos al régimen legal previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), y en particular el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de diciembre de Protección de Datos de carácter personal. Ver Anexo III.
A tales efectos y en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 12 de la LOPD, Sadesi está obligada a:
- Utilizar y a tratar los datos con el único y exclusivo objeto de desarrollar las actuaciones incluidas en la presente encomienda y siguiendo en todo caso las instrucciones recibidas del Servicio Andaluz de Empleo. Expresamente se abstendrá de dar a los datos cualquier uso distinto al acordado y, en especial, se abstendrá de alterarlos, utilizarlos para su propio interés empresarial o comunicarlos o permitir el acceso de terceros a los mismos, ni siquiera para su conservación.
- Observar la máxima confidencialidad y reserva respecto de los datos de carácter personal que le sean facilitados por el Servicio Andaluz de Empleo con respecto al desarrollo del objeto de la presente encomienda, comprometiéndose a no desvelar a ninguna tercera persona ninguno de estos datos, así como cualquier otra información que se le hubiera facilitado.
- Devolver al Servicio Andaluz de Empleo, una vez concluida la prestación de servicios objeto de la presente encomienda, todos los documentos y ficheros en los que se hallen reflejados todos o alguno de los datos, cualquiera que sea su soporte o formato, así como las copias de los mismos.
- El Servicio Andaluz de Empleo autoriza a Sadesi para que, actuando en su nombre y por su cuenta, comunique, en caso necesario de subcontratación de parte de los servicios incluidos en la presente encomienda, dichos datos a los proveedores adjudicatarios de dichos servicios, con la exclusiva finalidad de ejecutarlos correctamente.
- Restringir el acceso y el uso de los datos a aquellos de sus empleados que sea absolutamente imprescindible que tengan acceso y conocimiento de los mismos para el desarrollo del objeto de la presente encomienda, obligándose a imponer a los mismos las obligaciones de confidencialidad y de prohibición de uso respecto de los datos, en los mismos términos que se prevén en los apartados primero y segundo anteriores, así como el debido cumplimiento de las medidas de seguridad correspondientes.
- Adoptar las medidas de seguridad de protección de los datos que se indican en el Anexo III, así como ir actualizando las Medidas de Seguridad conforme a las exigencias legalmente sobrevenidas durante la duración de la presente encomienda.
Quinto. La Dirección de las actuaciones corresponderá a la persona designada por el Servicio Andaluz de Empleo, recayendo esta, en el Jefe de Servicio de Intermediación en el Empleo de la Dirección General de Calidad de los Servicios para el Empleo del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, que ejercerá como Director de Proyecto de la encomienda, para lo cual establecerá directrices de trabajo, realizará el seguimiento de la encomienda y velará por el cumplimiento de las obligaciones relacionadas en el apartado segundo.
Sadesi por su parte designará un Responsable de Gestión, cuyas funciones serán:
- Constitución y coordinación del equipo encargado de la ejecución de los trabajos.
- Definición de roles y funciones en el equipo técnico.
- Planificación de las tareas y/o proyectos solicitados por el Director de Proyecto.
- Propuesta al Director de Proyecto, para su aprobación, de los procedimientos internos del servicio y de relación con otros Organismos.
- Propuesta al Director de Proyecto, para su aprobación, de los cambios en los recursos, tanto en lo que se refiere a la composición del equipo de trabajo, como a la infraestructura técnica hardware y software, cuando sean necesarios para mantener o mejorar los niveles de servicio vigentes.
- Solicitud al Director de Proyecto de los recursos de infraestructura técnica hardware y software necesarios para dar soporte a ámbitos del SAE o a modificaciones de los ya existentes.
- Aseguramiento del nivel de calidad de los trabajos encomendados y del cumplimiento de los Objetivos y Acuerdos de Nivel de Servicio.
- Presentación al Director de Proyecto de forma periódica los informes de seguimiento que recojan los indicadores que permitan evaluar la calidad de los servicios y ayuden en la toma de decisiones.
- Presentación al Director de Proyecto, para su aprobación, de los resultados parciales y totales de la ejecución de los trabajos encomendados, así como su coste económico (certificaciones).
Sexto. Se creará una Comisión Mixta para la coordinación e impulso de las actuaciones mencionadas formada por cuatro miembros, dos en representación del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, uno de los cuales ostentará la presidencia de esta Comisión Mixta, y siendo además uno de ellos el Jefe de Servicio de Intermediación en el Empleo de la Dirección General de Calidad de los Servicios para el Empleo del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo; y dos en representación de Sadesi, designados por sus órganos correspondientes, cuyas funciones serán las que a continuación se indican.
Serán funciones de la Comisión Mixta:
- Información periódica sobre el seguimiento de las actuaciones objeto de la presente encomienda.
- Preparación, seguimiento, evaluación, así como la formulación a la entidad Sadesi, en su caso, de las propuestas de gestión y contratación de la asistencia técnica encomendada.
- Propuesta de finalización de los trabajos a que se refiere la presente encomienda.
- Interpretación y resolución de las dudas que pueda suscitar la ejecución de la presente encomienda.
La creación de esta Comisión Mixta tendrá lugar, a lo largo de los tres primeros meses desde la entrada en vigor de la presente encomienda.
La celebración de las Comisiones Mixtas podrá ser bimensual y/o a petición de una de las entidades firmantes.
Serán convocadas por la Presidencia de la Comisión Mixta, recogiéndose lo acordado en ellas en las correspondientes Actas de Seguimiento de la Comisión Mixta.
Séptimo. Los trabajos incluidos en la presente encomienda tendrán una duración máxima de un año, a contar desde el día de la firma de esta Resolución de encomienda de gestión. No obstante, podrá prorrogarse y/o ampliarse por el período necesario para la terminación de las actuaciones objeto de la presente encomienda, que el Servicio Andaluz de Empleo estime conveniente acordar antes de la finalización del citado plazo de vigencia, siendo la duración de cada prórroga y/o ampliación la acordada entre las partes. Todo ello, sin perjuicio de la vinculación de la encomienda a las disponibilidades presupuestarias.
Octavo. Para la financiación de estas actividades, se autoriza un presupuesto máximo de 1.331.627,00 euros (un millón trecientos treinta y un mil seiscientos veintisiete euros), IVA incluido. Dicho importe se consignará con cargo a las anualidades y aplicaciones presupuestarias especificadas en la siguiente tabla:
ANUALIDAD | COD. PROYECTO | APLICACIÓN | IMPORTE |
2010 | 2009000207 | 0.1.15.31.18.00.609.05.32D.7 | 1.031.627,00 € |
2011 | 2009000207 | 3.1.15.31.18.00.609.05.32D.4.2011 | 300.000,00 € |
TOTAL | 1.331.627,00 € |
Y de acuerdo con lo que se establezca en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para dicho ejercicio presupuestario.
En el Anexo I se muestra un cuadro resumen.
Noveno. El abono del presupuesto aprobado se efectuará conforme a la actuación mensual efectivamente realizada, mediante certificaciones mensuales, o en su caso, por tarea realizada, aprobadas por el Director del Proyecto, previa presentación de las correspondientes facturas y otros documentos acreditativos del gasto efectuado, así como el análisis de costes imputados directamente a cada actuación, en cuanto a costes de personal y medios materiales propios, así como relación de gastos en la que se indique el importe repercutido por la empresa, en concepto de IVA.
Los gastos generales y corporativos de Sadesi podrán ser imputados al coste de las actuaciones encomendadas, hasta un máximo del 6% de dicho coste, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 5/2009, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010.
Décimo. Como medio para garantizar la calidad de los servicios prestados, se establecerán de forma consensuada y previamente al comienzo de la prestación efectiva de los servicios, unos Acuerdos de Nivel de Servicio (ANS), y el compromiso por parte de Sadesi de cumplirlos. Estos Acuerdos de Nivel de Servicio podrán evolucionar a lo largo de la ejecución de la encomienda con el fin de conseguir una mejora continua en la calidad del servicio efectivamente prestado. Los recursos tanto humanos como de otra índole disponibles para el servicio, deberán ser dimensionados de forma cualitativa y cuantitativa como mínimo para garantizar los Acuerdos de Nivel de Servicio vigentes en cada momento. Los Acuerdos de Nivel de Servicio se basarán en la definición de unos indicadores de calidad que reflejen de forma objetiva la calidad del servicio real suministrado, con especial atención a los aspectos más críticos del mismo, y en el establecimiento de un umbral o valor mínimo de calidad para cada uno de ellos.
ANEXO I
PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE AL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS «APOYO Y ASESORAMIENTO PERMANENTE EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS AVANZADOS PARA EL EMPLEO»
SERVICIOS | ANUALIDAD 2010 | ANUALIDAD 2011 | |
GASTOS DE PERSONAL | 37.114,82 € | 10.793,09 € | |
OTROS | GASTOS DE ALQUILER | 20.619,34 € | 5.996,16 € |
AMORTIZACIONES | 28.867,09 € | 8.394,63 € | |
SERVICIOS PROFESIONALES | 738.172,51 € | 214.662,62 € | |
TOTAL: | 824.773,75 € | 239.846,50 € | |
GASTOS GENERALES: | 49.486,43 € | 14.390,79 € | |
TOTAL IVA NO INCLUIDO: | 874.260,17 € | 254.237,29 € | |
TOTAL IVA (18%) INCLUIDO: | 1.031.627,00 € | 300.000,00 € | |
TOTAL DE LA ENCOMIENDA: | 1.331.627,00 € |
ANEXO II
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS ENCOMENDADOS
Servicio 1: Aproximación y difusión de nuevos servicios a la ciudadanía:
1.1. Campañas de aproximación a la ciudadanía de las políticas activas de empleo.
1.2. Servicio de traducción al castellano para personas demandantes de empleo extranjeras.
1.3. Difusión de los nuevos servicios en materia de empleo.
Servicio 2: Mejorar la respuesta de los diferentes servicios demandados con relación a las personas candidatas adecuadas para los mismos:
2.1. Consulta de la disponibilidad de las personas candidatas a ofertas de empleo.
2.2. Consulta de disponibilidad a personas destinatarias de la Formación Profesional para el Empleo.
2.3. Consulta de disponibilidad para los diferentes servicios de fomento de empleo.
Servicio 3: Evaluación de la calidad de los servicios prestados por el Servicio Andaluz de Empleo.
3.1. Evaluación de los servicios prestados.
Servicio 4: Otros servicios que sean necesarios en el futuro.
ANEXO III
MEDIDAS DE SEGURIDAD A APLICAR POR SOCIEDAD ANDALUZA PARA EL DESARROLLO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN, S.A.U.
NIVEL BÁSICO | |
TIPO DE DATOS |
Nombre Apellidos Direcciones de contacto (tanto físicas como electrónicas) Teléfono (tanto fijo como móvil) En suma, cualquier dato relativo a una persona física que no se enmarque en los siguientes niveles |
MEDIDAS DE SEGURIDAD OBLIGATORIAS |
Documento de seguridad Régimen de funciones y obligaciones del personal Registro de incidencias Identificación y autenticación de usuarios Control de acceso Gestión de soportes Copias de respaldo y recuperación |
NIVEL MEDIO | |
TIPO DE DATOS |
Comisión infracciones penales Comisión infracciones administrativas Información de Hacienda Pública Información de servicios financieros |
MEDIDAS DE SEGURIDAD OBLIGATORIAS |
Medidas de seguridad de nivel básico Responsable de Seguridad Auditoría bianual Medidas adicionales de identificación y autenticación de usuarios Control de acceso físico |