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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 123 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en relación con el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se ha resuelto hacer pública la ayuda concedida en virtud de subvención excepcional.
El abono de las subvención a que de lugar la Resolución de concesión, se realizará con cargo al crédito cifrado en la Sección 15 «Empleo», programa 32B y se hará con cargo a la aplicación indicada a continuación:
Con cargo a la aplicación 781.
Entidad | Subvención |
Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía | 1.177.500,00 € |
Sevilla, 15 de diciembre de 2010.- El Presidente, Manuel Recio Menéndez.
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