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La Comunidad Autónoma de Andalucía es titular del siguiente inmueble:
Urbana: Parcela de terreno de forma irregular, sita en la Isla de la Cartuja, con una superficie de novecientos sesenta y ocho metros setenta y cinco decímetros cuadrados. Linda al Norte con la calle Matemáticos Rey Pastor y Castro, registral 9.775 de la que se segrega, y las parcelas L-13 y L-14, fincas registrales 9.878 y 9.879; al Sur y Este, con viario que la separa del Jardín del Guadalquivir, y al Oeste con viario que la separa de la L-16, finca registral 9.881.
Inscrita en el Registro de la Propiedad número 10 de Sevilla, al tomo 2.373, libro 422, folio 202, finca registral 17.404, y pendiente de alta catastral.
La sociedad «Entre Castilla y la O, S.L.» ha solicitado la adquisición del referido inmueble por tratarse de una banda de terreno perimetral vinculado a las parcelas colindantes L-13 y L-14 de su propiedad, al objeto de adecuar estas últimas a las determinaciones del nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla.
El artículo 88 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que «la enajenación de los bienes inmuebles se hará mediante subasta salvo cuando el Consejo de Gobierno disponga otra cosa, si existen razones objetivas justificadas».
Las especiales características urbanísticas citadas que concurren en la parcela de referencia imposibilitan promover la concurrencia de otras ofertas para su enajenación y, como exige el artículo 186.2 del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, justifican que la enajenación se acuerde de forma directa, con exclusión de la subasta, previa autorización del Consejo de Gobierno.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 27 de septiembre de 2011,
ACUERDO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 88 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 186.1 del Reglamento para su aplicación, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, se autoriza la enajenación directa de los terrenos descritos en el expositivo de este Acuerdo a la sociedad «Entre Castilla y la O, S.L.», anotados con carácter patrimonial en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el número 11/3480.
Del presente Acuerdo se dará cuenta a la Comisión Hacienda y Administración Pública del Parlamento.
Segundo. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Acuerdo.
Sevilla, 27 de septiembre de 2011
José Antonio Griñán Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
Carmen Martínez Aguayo
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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