Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 200 de 11/10/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Orden de 16 de septiembre de 2011, de rectificación de la Orden de 31 de octubre de 2008, por la que se aprueba el deslinde parcial del monte público «Sierra y Pinar», código de la Junta de Andalucía MA-10030-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en los términos municipales de Canillas de Albaida, Salares y Sedella, provincia de Málaga.

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Expte. MO/00016/2005.

Una vez aprobado el deslinde parcial del monte público «Sierra y Pinar», con código de la Junta de Andalucía MA-10030-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y situado en los términos municipales de Canillas de Albaida, Salares y Sedella, provincia de Málaga, mediante Orden de 31 de octubre de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente (publicada en el BOJA núm. 244, de 10 de diciembre de 2008), se han advertido errores y omisiones de hecho. Esto es debido a que en los planos existentes en el expediente de deslinde aprobado la superficie de los enclavados A, B y E se ha medido tomando las distancias entre los piquetes en línea recta, sin haber tenido en cuenta la existencia de tramos en los que la linde del monte se materializa por lindes naturales, como arroyos, cañadas o ríos, que sí se tuvieron en cuenta, en cambio, en las actas de deslinde e informe del ingeniero operador que forman parte del expediente.

Por consiguiente, este error en la medición ha provocado una variación en la asignación de la superficie de los enclavados A (afectando al tramo del piquete de deslinde A13 al A14), B (afectando al tramo del piquete B17 al B19) y E (afectando al tramo del piquete E20 al E21), elaborándose a tal efecto nuevos planos de situación y de detalle de los enclavados, cuyas mediciones se ajustan a la realidad marcada por la existencia de las lindes naturales.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y conforme a lo establecido en el artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se procede a la siguiente rectificación en la parte resolutoria de la mencionada Orden, párrafo 2.º, cuando se hace una relación del tramo de perímetro exterior, isletas de monte público y enclavados reconocidos, por lo que:

Donde dice:

«- Enclavado A: 2 ha, 58 a, 54 ca.

- Enclavado B: 6 ha, 51 a, 35 ca.

- Enclavado E: 3 ha, 54 a, 70 ca.»

Debe decir:

«- Enclavado A: 2 ha, 66 a, 37 ca.

- Enclavado B: 6 ha, 35 a, 15 ca.

- Enclavado E: 3 ha, 98 a, 92 ca.»

Asimismo, cabe señalar que las coordenadas de los piquetes mencionados no han variado, manteniéndose vigentes las que se aprobaron mediante Orden de 31 de octubre de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente.

Sevilla, 16 de septiembre de 2011

José Juan Díaz Trillo

Consejero de Medio Ambiente

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