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NIG: 0490242C20100001422.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 337/2010. Negociado: Tr.
De: María del Carmen Jiménez García.
Procurador: Sr. José Román Bonilla Rubio.
Letrada: Sra. María Ángeles Herrero de Haro.
Contra: Mohamed Tahiri.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 337/2010, seguido en eI Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de El Ejido a instancia de María del Carmen Jiménez García contra Mohamed Tahiri, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En El Ejido, a 29 de julio de 2011.
Don David Villagrá Álvarez, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de El Ejido y su Partido ha visto los presentes autos de Juicio de Divorcio, registrados en este Juzgado con el número 337/10, a instancia de doña María del Carmen Jiménez García, representada por el Procurador Sr. Bonilla Rubio, y asistida por la Letrada Sra. Herrera de Haro, contra don Mohamed Tahiri, en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda instada por el Procurador Sr. Bonilla Rubio, en nombre y representación de doña María del Carmen Jiménez García, contra don Mohamed Tahiri, debo declarar y declaro el divorcio postulado, y en su consecuencia disuelto en todos sus efectos legales el matrimonio civil contraído por aquellos el día 14 de abril de 2009, en el Registro Civil de Dalías, quedando revocados los consentimientos que cualquiera de las partes litigantes hubiere otorgado a la otra, y ello sin hacer especial pronunciamiento sobre el pago de las costas causadas.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Mohamed Tahiri, extiendo y firmo la presente en El Ejido, a veintisiete de septiembre de dos mil once.- El/La Secretario.
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