Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 17/10/2011

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Anuncio de 26 de septiembre de 2011, de la Gerencia Provincial de Málaga de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, por el que se notifica resolución recaída en expediente de desahucio administrativo DAD-MA-2010-0026 sobre la vivienda de protección oficial de promoción pública que se cita.

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Intentada sin efecto en dos ocasiones la notificación personal en la vivienda social procede la notificación de esta Resolución a través de Edictos.

Mediante el presente Anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica que en expediente de desahucio administrativo seguido contra Juan José Quirós Ruiz, DAD-MA-2010-0026, sobre la vivienda perteneciente al grupo MA-0975, finca 55606, cuenta 55, sita en calle José Cubero Yiyo, 23 (antes Feria de San Fermín), Edificio Arroyo Real, núcleo C (o bloque 3), 2.º A, en Fuengirola (Málaga), se ha dictado Resolución de fecha 18 de julio de 2011, del Gerente Provincial de Málaga de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, en la que se consideran probadas las causas de desahucio imputadas previstas en el apartado 2, letras c) y a), del artículo 15 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, y en su virtud «No destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente sin haber obtenido la preceptiva autorización administrativa» y «La falta de pago de las rentas pactadas en el contrato de arrendamiento, así como de las cantidades exigibles por gastos o servicios comunes», se acuerda la resolución contractual y el desahucio sobre la vivienda antes descrita.

En la resolución se le otorga el plazo improrrogable de un mes para el cumplimento voluntario de la misma, con objeto de que se entregue la llave y deje libre y expedita la vivienda. En caso contrario, se acuerda la ejecución subsidiaria y se le apercibe de ejecución forzosa, por lo que EPSA, transcurrido ese plazo, desde la publicación de este anuncio y siendo firme y consentido el acto administrativo, instará la correspondiente autorización judicial de entrada en la vivienda.

Una vez transcurrido dicho plazo, se seguirá el trámite legal.

La resolución se encuentra a disposición del interesado en la Oficina de Gestión del Parque Público de Viviendas de EPSA, sita en C/ Cerrojo, 38, 29007, de Málaga, así como la totalidad del expediente administrativo.

Esta resolución no es firme, y contra la misma podrá formular recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Vivienda, conforme a los artículos 114 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Málaga, 26 de septiembre de 2011.- El Gerentel, Juan Alcaraz Gutiérrez.

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