Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
NIG: 1808742C20110000058.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 13/2011. Negociado: R.
Sobre: Reclamación cantidad.
De: Grupo Busc Person Telecomunicaciones, S.L. Unipersonal.
Procuradora: Sra. Julia Domingo Santos.
Letrado: Sr. Antonio Castillo Adam.
Contra: Realizaciones de Ingeniería de Telecomunicac, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 13/2011, Negociado: R, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Granada a instancia de Grupo Busc Person Telecomunicaciones, S.L. Unipersonal, contra Realizaciones de Ingeniería de Telecomunicac, S.L. sobre reclamación cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 129/11
Juez que la dicta: Doña Cristina Martínez de Páramo.
Lugar: Granada.
Fecha: Treinta de junio de dos mil once.
Parte demandante: Grupo Busc Person Telecomunicaciones, S.L. Unipersonal.
Procurador: Julia Domingo Santos.
Parte demandada: Realizaciones de Ingeniería de Telecomunicac, S.L.
Objeto del juicio: Reclamación cantidad.
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda formulada por doña Julia Domingo Santos, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de Grupo Busc Person Telecomunicaciones, S.L., contra Realizaciones de Ingeniería de Telecomunicac S.L., debiendo condenar y condenando a la demandada a que abone al actor la cantidad de 4.043,49 euros, más intereses legales, así como al pago de las costas procesales.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (artículo 455 L.E.C.). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 L.E.C.).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 1765, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. Magistrado-Juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Granada, a treinta de junio de dos mil once.
Firmado y rubricado. Cristina Martínez de Páramo. María Dolores Rodríguez Moreno.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Antonio Torres Quesada, extiendo y firmo la presente en Granada, a seis de septiembre de dos mil once.- El/La Secretario.
Descargar PDF