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En fecha 17 de enero de 2011 se ha dictado la siguiente Resolución de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud:
«RESOLUCIóN DE 17 DE ENERO DE 2011, DE LA DIRECCIóN GENERAL DE PERSONAL Y DESARROLLO PROFESIONAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, POR LA QUE SE ACUERDA LA REMISIóN DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO REQUERIDO POR el JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Núm. tres EN SEVILLA, EN EL RECURSO NúM. 340/2010, INTERPUESTO POR DON EDUARDO TORRES MAGNO, Y SE EMPLAZA A TERCEROS INTERESADOS
Por la Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres en Sevilla se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al recurso núm. 340/2010, interpuesto por don Eduardo Torres Magno contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación formulada el día 18 de febrero de 2007, en la que se interesaba la valoración de los servicios prestados por el SAS como Puericultor en el baremo de méritos del proceso de consolidación de empleo y provisión de plazas para la categoría de Médico de Familia (Resolución de 8 de julio de 2002, BOJA núm. 87).
De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran.
Emplácese a cuantos aparecen como interesados en dicho expediente para que puedan personarse ante el órgano jurisdiccional como demandados. Sevilla, 17 de enero de 2011. El Director General de Personal y Desarrollo Profesional. Fdo.: Antonio José Valverde Asencio.»
Por dicho Órgano Judicial se señala para la celebración de la vista el día 25.1.2011, a las 10,10 horas.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el Órgano Jurisdiccional.
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo número 340/2010.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el artículo 78 en relación con el 49.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante dicho Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y que, de no hacerlo oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Sevilla, 17 de enero de 2011.- El Director General, Antonio José Valverde Asencio.
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