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Intentada la notificación de la resolución recaída en el expediente sancionador núm. MA–017/10, incoado a Viajes Marsans, S.A., titular del establecimiento denominado «Agencia de Viajes Marsans», sin que esta Delegación Provincial haya podido practicar la misma al interesado, que tuvo su último domicilio conocido en C/ Marina, 4, de Ronda (Málaga), por infracción a la normativa turística, por medio del presente y en virtud de lo prevenido en el art. 59.4.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (LRJAP Y PAC), se publica el presente anuncio para que sirva de notificación de la resolución recaída por infracción del art. 59.8 de la Ley 12/1999, y art. 159 y 162.1 del R.D.L. 1/2007.
El plazo para el pago de la sanción impuesta deberá realizarse el día 20 del mes siguiente (o el inmediato hábil posterior), si la notificación se ha realizado entre el 1 y el 15 del mes y el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente, si la notificación se ha realizado entre el día 16 y el último de cada mes, debiendo personarse en esta Delegación de Turismo Comercio y Deporte, sita en Avda. de la Aurora, núm. 47, 9.ª planta (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples), en Málaga, para conocer el contenido íntegro de la Resolución y entrega del correspondiente talón de cargo (modelo 046), con la advertencia de que, en caso de no efectuarse el pago de la sanción en el plazo indicado, se procederá a su cobro en vía ejecutiva de apremio.
Haciéndose saber que contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día de su notificación.
Málaga, 13 de enero de 2011.- El Delegado, Antonio Souvirón Rodríguez.
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