Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Ref. ZR-1/08-11.
Se ha formulado ante la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir la petición de regularización e inscripción de los derechos de los aprovechamientos de aguas públicas de la Zona Regable de la Comunidad de Regantes del Sector B-XII del Bajo Guadalquivir, cuyos datos se reseñan a continuación:
Expediente: ZR-1/08-11.
Peticionario: Comunidad de Regantes del Sector B-XII del Bajo Guadalquivir (CIF-G-41099953).
Clase de aprovechamiento: Riego, Industrial (Plantas solares térmicas e industrias agroalimentarias).
Superficie total (ha)14.673,74
- Superficie de riego (ha)14.432,52
- Superficie Industrial (ha)241,22
Termosolares (ha)185,47
Industrias agroalimentarias (ha)55,75
Volumen anual (m³)104.392.384
Captación: Canal del Bajo Guadalquivir, Compuertas D. Melendo y Toma Directa del río Guadalquivir (Refuerzo para años de grave sequía)
Términos municipales: Lebrija y Las Cabezas de San Juan (Sevilla).
Registro de solicitud: 17 de julio de 2008.
Normativa aplicable a la Zona Regable: Decreto de 25 de febrero de 1955 por el que se declara de alto interés nacional la colonización de la Zona dominada por el Canal del Bajo Guadalquivir, en la provincia de Sevilla, publicado en BOE núm. 73, de 14 de marzo de 1955. Decreto de 21 de septiembre de 1960, por el que se aprueba el Plan General de la Zona Regable por el Canal del Bajo Guadalquivir (Sevilla).
Y de conformidad a lo establecido en el art. 86 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con la Disposición adicional duodécima de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, se hace público para general conocimiento, a cuyo efecto se abre un plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, durante el cual cualquier persona física o jurídica podrá examinar tanto el expediente como los documentos técnicos aportados, y formular por escrito o por cualquiera de los medios permitidos en la mencionada Ley 30/1992, dentro de dicho plazo, las alegaciones que consideren oportunas frente a tal petición, ante esta Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Consejería de Medio Ambiente, sita en Sevilla, Plaza de España, Sector II.
Sevilla, 28 de septiembre de 2011.- El Director General, Javier Serrano Aguilar.
Descargar PDF