Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 213 de 31/10/2011

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 17 de octubre de 2011, de la Universidad de Córdoba, por la que se procede a la modificación de la de 30 de junio de 2010, sobre estructura y determinación de los Vicerrectorados y del régimen de delegación de competencias.

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Mediante resolución del Rector de la Universidad de Córdoba de 30 de junio de 2010 (BOJA núm. 136, de 13 de julio), dictada en virtud de lo dispuesto en el art. 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre), en relación con los arts. 51 y 52 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 206, de 27 de octubre), se definieron la estructura y las funciones de los Vicerrectorados y se estableció el régimen de delegación de competencias correspondientes.

En la presente Resolución se procede a la modificación de la denominación del Vicerrectorado de Política Científica al haber sido delegada en el titular del mismo la función de coordinación del Campus de Excelencia Internacional Agroalimentario ceiA3.

El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, contempla en su art. 9 la posibilidad de que las Universidades puedan crear Escuelas de Doctorado, con el fin de organizar dentro de su ámbito de gestión, las enseñanzas y actividades propias del doctorado, ésto determina que mediante la presente resolución se deleguen en el Vicerrectorado de Estudios de Postgrado y Formación Continua nuevas competencias al respecto.

Es objetivo de la Universidad potenciar los resultados de la actividad que desarrolla el IMGEMA en el ámbito internacional, es por ello que se delega la competencia sobre el referido Instituto al Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación.

La transversalidad de los fines y funciones propias de la Unidad de Igualdad de la Universidad de Córdoba, de la Cátedra de Estudios de las Mujeres «Leonor de Guzmán» y de la Comisión de Acción Social determina que para una mayor optimización y eficiencia de las mismas, queden adscritas al Vicerrectorado de Comunicación y Coordinación Institucional, dada su competencia en materia de «Relaciones con las instituciones y los órganos internos de la Universidad» y de «Coordinación interna de los Vicerrectorados».

Por ello, al amparo de las competencias que tengo conferidas en los arts. 20 de la LOU, en relación con los arts. 51 y 52 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba,

DISPONGO

Primero. Modificar el punto 2 del art. primero de la Resolución de 30 de junio de 2010, que pasará a tener la siguiente redacción:

«2. Vicerrectorado de Política Científica y Campus de Excelencia.

Comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Coordinación y fomento de la investigación. Proyectos de investigación.

- Coordinación del Campus de Excelencia Internacional Agroalimentario ceiA3.

- Infraestructuras de investigación.

- Gestión del Plan Propio de Investigación.

- Seguimiento de actividades correspondientes al Plan Andaluz de Investigación, al Plan Nacional y a los Programas Europeos.

- Participación de la Universidad de Córdoba en actividades de Investigación e Innovación Tecnológica y Desarrollo.

- Oficina de Transferencia de Resultados de la Investigación (OTRI) y contratos art. 83 de la LOU.

- Coordinación de Institutos y Servicios de Investigación.

- Servicio Central de Apoyo a la Investigación (SCAI).

- Estación Experimental Agraria.

- Comité de Bioética.

- Servicio Central de Animales de Experimentación.

- Empresas de Base Tecnológica.

- Instituto Maimónides de Investigación Biomédica (IMIBIC).

- Comisiones: Investigación y la presidencia delegada de las Comisiones que puedan ser creadas por Consejo de Gobierno en el ámbito de su competencia.»

Segundo. Modificar el punto 4 del art. primero de la Resolución de 30 de junio de 2010, que pasará a tener la siguiente redacción:

«4. Vicerrectorado de Estudios de Postgrado y Formación Continua.

Comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Implantación de los Títulos oficiales de postgrado (másteres y doctorado).

- Gestión de títulos propios de la Universidad.

- Instituto de Estudios de Postgrado.

- Escuelas de Doctorado.

- Secretariado de Másteres y Prospectiva.

- Secretariado para la Formación de Investigadores.

- Secretariado de Formación Permanente.

- Programas de formación del profesorado y de graduados.

- Formación en bilingüismo.

- Universidad de Verano.

- Cátedra Intergeneracional.

- Cátedra PRASA de empresa familiar.

- Comisiones: Másteres y Doctorado, Formación Permanente y la presidencia delegada de las Comisiones que puedan ser creadas por Consejo de Gobierno en el ámbito de su competencia.»

Tercero. Modificar el punto 5 del art. primero de la Resolución de 30 de junio de 2010, que pasará a tener la siguiente redacción:

«5. Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación.

Comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Relación y coordinación de Programas Internacionales.

- Establecimiento de redes internacionales de docencia e investigación, en colaboración con otros Vicerrectorados.

- Difusión internacional de la oferta formativa e investigadora de la Universidad de Córdoba.

- Oficina de Relaciones Internacionales.

- Programas de movilidad de profesorado, PAS y estudiantes.

- Proyección internacional de la Universidad.

- Cooperación al desarrollo, proyección social y cátedras correspondientes.

- Desarrollo de Convenios internacionales y de cooperación al desarrollo, en colaboración con otros Vicerrectorados.

- Cátedra de Estudios de Hambre y Pobreza.

- Cátedra de Participación Ciudadana.

- Cátedra de Cooperación.

- Unidad de Voluntariado.

- Jardín Botánico (IMGEMA).

- Comisiones: Relaciones Internacionales, Cooperación y Solidaridad y la presidencia delegada de las Comisiones que puedan ser creadas por Consejo de Gobierno en el ámbito de su competencia.»

Cuarto. Modificar el punto 9 del art. primero de la Resolución de 30 de junio de 2010, que pasará a tener la siguiente redacción:

«9. Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente.

Comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Coordinación de los Sistemas de Garantía de Calidad de las Titulaciones.

- Seguimiento de la calidad para la acreditación de los títulos oficiales de Grado y Máster Universitario y Doctorado.

- Evaluación de la actividad docente del profesorado.

- Plan propio de innovación docente.

- Contratos-programa aplicados a Centros y Departamentos.

- Seguimiento del Plan Estratégico.

- Unidad de Datos

- Comisiones: Innovación Docente y la presidencia delegada de las Comisiones que puedan ser creadas por Consejo de Gobierno en el ámbito de su competencia.»

Quinto. Modificar el punto 11 del artículo primero de la Resolución de 30 de junio de 2010, que pasará a tener la siguiente redacción:

«11. Vicerrectorado de Comunicación y Coordinación Institucional.

Comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Gabinete de Comunicación.

- Desarrollo y mantenimiento de la página web.

- Relaciones con las instituciones y los órganos internos de la Universidad.

- Coordinación interna de los Vicerrectorados.

- Desarrollo convenio con Instituciones Sanitarias.

- Relación con Centros Adscritos.

- Imagen Corporativa.

- Gestión del mantenimiento y uso del edificio del Rectorado.

- Centro de Atención Infantil Temprana.

- Supervisión de los Convenios Marco en colaboración con los otros Vicerrectorados y el establecimiento de los Convenios Específicos que fueran necesarios.

- Unidad de Igualdad.

-Cátedra de Estudios de las Mujeres “Leonor de Guzmán”.

- Cátedra Intercultural.

- Comisiones: Acción Social y la presidencia delegada de las Comisiones que puedan ser creadas por Consejo de Gobierno en el ámbito de su competencia.»

Sexto. Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su firma y será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para general conocimiento.

Córdoba, 17 de octubre de 2011.- El Rector, José Manuel Roldán Nogueras.

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