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En virtud de lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por encontrarse en paradero desconocido, o ser desconocido o estar ausentes del domicilio que figura en el expediente incoado. Podrán comparecer, en el plazo de diez días, ante el Servicio de Protección de menores, sito en calle Tomás de Heredia, núm. 18, de Málaga (C.P. 29001), para la notificación del contenido íntegro de resolución definitiva de acogimiento familiar permanente a don Diego Cuenca Fernández y doña Inmaculada Fernández Martín de fecha 29 de septiembre de 2011 del menor I.C.F., número de expediente 352-2010-00006037-1, significándoles que contra esta Resolución podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites del proceso especial de oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, de conformidad con los artículos 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Málaga, 29 de septiembre de 2011.- La Delegada, Ana M.ª Navarro Navarro.
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