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El Decreto 68/1999, de 16 de marzo, por el que se crean los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca, tiene el objetivo de incentivar la concienciación y el interés de los ciudadanos, profesionales, empresas y entidades, tanto públicas como privadas, en su dedicación a las actividades agrarias y pesqueras, así como de reconocer y premiar a aquellos que destaquen en dichas actividades.
Asimismo, la Orden de 6 de febrero de 2007, por la que se desarrolla el Decreto 68/1999, de 16 de marzo, por el que se crean los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca, regula aspectos tales como las modalidades y categorías de los Premios, el jurado, las candidaturas y la resolución y entrega de los mismos. En su artículo 4 establece que anualmente, mediante Resolución del titular de la Viceconsejería de Agricultura y Pesca, se realizará la convocatoria pública para el otorgamiento de los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca.
Por todo ello, y considerando oportuno proceder a la convocatoria de los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca para el año 2011, y en virtud de las facultades que tengo conferidas,
RESUELVO
Primero. Convocatoria.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden de 6 de febrero de 2007, por la que se desarrolla el Decreto 68/1999, de 16 de marzo, por el que se crean los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca, se convoca la concesión de los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca para el año 2011, con el objeto de reconocer la trayectoria profesional o la actividad desarrollada por ciudadanos, profesionales, empresas y entidades, tanto públicas como privadas, en el ámbito agrario, pesquero y de desarrollo rural.
Segundo. Plazo de presentación de candidaturas.
El plazo de presentación de candidaturas comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el 31 de diciembre de 2011.
Tercero. Plazo máximo para resolver.
Conforme a lo previsto en el artículo 7 de la citada Orden de 6 de febrero de 2007, la resolución de concesión de los premios se efectuará por la persona titular de la Consejería de Agricultura y Pesca, en el plazo máximo de cinco meses, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de candidaturas.
Cuarto. Normativa reguladora.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto 68/1999, de 16 de marzo, que crean los premios de Andalucía de Agricultura y Pesca, por la Orden de 6 de febrero de 2007 que desarrolla el Decreto 68/1999, y por la Orden de 9 de marzo de 2010, que se modifica la de 6 de febrero de 2007.
Quinto. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de octubre de 2011.- El Viceconsejero, Ignacio Serrano Aguilar.
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