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Acuerdo de fecha 7 de octubre de 2011, de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por el que se ordena la notificación por edicto de la Resolución de extinción del acogimiento familiar permanente y la Resolución definitiva de acogimiento familiar preadoptivo del menor A.C. a doña Verpina Curte, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le significa que puede personarse en el Servicio de Protección de Menores de Córdoba, a fin de ser notificada del contenido íntegro de los actos, así como que dispone de un plazo de quince días hábiles desde el siguiente a la publicación del presente anuncio para prestar el consentimiento a dicho acogimiento, según lo dispuesto en el artículo 44 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción.
Córdoba, 7 de octubre de 2011.- La Delegada, Silvia Cañero Horcas.
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