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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por ser desconocido su domicilio o estar ausentes del mismo se notifica a don Francisco Javier Romero Caracuel y doña Ana M.ª Iglesias Fernández resolución de fecha 6 de septiembre de 2011, por la que se les deniega la suspensión del procedimiento de declaración de idoneidad para adopción internacional núm. 357/2009/728-4. Para su conocimiento íntegro, los interesados podrán comparecer en el Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Almería, sito enC/ Real, núm. 5.
Contra esta Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Almería, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de adopción internacional.
Almería, 7 de octubre de 2011.- La Delegada, AdelaSegura Martínez.
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