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NIG: 2906742C20080016333.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 866/2008. Negociado: 6.º
Sobre: Procedimiento ordinario.
De: Carlos Muñoz Duarte.
Procuradora: Sra. Ana María Rodríguez Fernández.
Contra: Serguey Yourevitch Oustenko y Tatiana Ustemko.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 866/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga a instancia de Carlos Muñoz Duarte contra Serguey Yourevitch Oustenko y Tatiana Ustemko sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 148/11
En Málaga a diez de junio de dos mil once.
Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Procedimiento Ordinario que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de don Carlos Muñoz Duarte, representado por la Procuradora de los Tribunales señora Rodríguez Fernández, asistido por la Letrada señora Álvarez Vargas, contra don Serguey Yourevitch Oustenko y doña Tatiana Ustenko, ambas en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Que estimando sustancialmente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales señora Rodríguez Fernández en nombre y representación de don Carlos Muñoz Duarte, sobre otorgamiento de escritura para corregir precio de venta formalizada en escritura anterior de 26 de enero de 2007, otorgada ante el Notario señor Requena Cabo, contra don Serguey Yourevitch Oustenko y doña Tatiana Ustenko, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a los demandados otorgar escritura rectificando anterior de fecha de 26 de enero de 2007, en el sentido de modificar el precio erróneamente consignado de 130.000 euros, por el precio efectivamente pagado que asciende a 143.835,58 euros, y ello sin efectuar pronunciamiento en materia de costas.
La presente resolución no es firme y contra ella podrá interponerse recurso de apelación en plazo de cinco días, que se preparará presentando escrito ante este Juzgado en el que se expresará la resolución apelada, la voluntad de recurrir y los pronunciamientos que se impugnan, previa constitución de depósito al efecto en la Cuenta de consignación de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Dada, leída y publicada que ha sido la anterior Sentencia por la Ilma. Señora Magistrada Juez que la suscribe, encontrándose celebrando audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Serguey Yourevitch Oustenko y Tatiana Ustemko extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintidós de septiembre de dos mil once.- El/La Secretario.
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