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Tras los intentos infructuosos de notificación personal, de acuerdo con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al haber transcurrido los tres años previstos en el art. 7.4 del Decreto 15/1990, de 30 de enero, se notifica a los interesados que figuran a continuación Resolución de 15 de septiembre de 2011, de caducidad y cancelación de inscripción provisional de proyecto, según lo exigido en el art. 58.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo, Comercio y Deporte en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el art. 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999.
Establecimiento turístico que se cita:
Apartamentos turísticos: Regency.
Titular: Alleerton Holdings, S.L.
Núm. de registro: A/CA/00079.
Domicilio: Parcela RE 15, Urbanización Alcaidesa.
11300, La Línea de la Concepción.
Cádiz, 24 de octubre de 2011.- El Delegado, Manuel González Piñero.
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