Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 14/11/2011

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Cámara de Cuentas de Andalucía

Resolución de 3 de noviembre de 2011, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Administrativos, opción Administración General de esta Institución.

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El Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en cumplimiento del Acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno el día 19 de octubre de 2011, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 22, apartado a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de esta Institución, ha resuelto convocar pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Administrativos, opción: Administración General de la Cámara de Cuentas, de acuerdo con las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas de promoción interna para cubrir dos plazas del Cuerpo de Administrativos, opción: Administración General de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les resultará de aplicación las bases de la presente convocatoria, la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía, siéndole de aplicación supletoria los preceptos del régimen general de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía o, en su defecto, la de la Administración General del Estado.

1.3. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en la base sexta y Anexos correspondientes.

1.4. El temario sobre el que versará la prueba teórica figura en el Anexo IV.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para tomar parte en el concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Ser funcionaria o funcionario de carrera del Cuerpo de Auxiliares de la Cámara de Cuentas de Andalucía (C2).

2.1.2. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico, o cualquier otra titulación equivalente a las mismas; o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad por criterios de edad y/o experiencia laboral o profesional.

Las funcionarias y los funcionarios del subgrupo C2 que carezcan de la titulación requerida en el apartado anterior, podrán participar en estas pruebas siempre que tengan reconocida una antigüedad de, al menos, diez años como funcionarias o funcionarios de carrera en dicho subgrupo, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional vigésimo segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Aquellos aspirantes que utilicen la antigüedad, en la forma establecida en el párrafo anterior, para suplir la falta de titulación en el acceso al Cuerpo convocado, no podrán valorarse este mismo periodo como mérito, en la fase de concurso.

A estos efectos, los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública, como funcionarios o funcionarias de carrera en otras Administraciones Públicas, en cuerpos o escalas del mismo grupo de titulación desde el que se promociona, serán computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas pruebas selectivas.

2.1.3. Acceder desde cuerpos del subgrupo de titulación inmediatamente inferior al del cuerpo convocado, y tener una antigüedad como personal funcionario de carrera de al menos dos años en el cuerpo al que se pertenezca y desde el que se accede. A estos efectos, los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, como personal funcionario de carrera en otras Administraciones Públicas, en el cuerpo o escalas del mismo subgrupo de titulación desde el que se promociona, serán computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas pruebas selectivas.

2.1.4. No haber sido separada/o, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario y no poseer la condición de funcionario del Cuerpo y Especialidad convocado.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos en el momento de la toma de posesión en el puesto adjudicado.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud, cuyo modelo se reproduce en el Anexo I de esta convocatoria, será facilitada en el Registro General de la Cámara de Cuentas de Andalucía, Edificio Hospital de las Cinco Llagas, C/ Don Fadrique, s/n, de Sevilla.

3.2. A la solicitud se acompañará:

3.2.1. Copia autenticada del título exigido para tomar parte en esta convocatoria o documento suficiente que justifique su posesión.

3.2.2. Relación de méritos alegados, así como la documentación acreditativa de los mismos.

Los méritos se relacionarán en el modelo del Anexo II de esta convocatoria y su justificación se efectuará en la forma en que se expone en el apartado B (Acreditación documental) del Anexo III de la presente convocatoria.

Los méritos a valorar por el Tribunal Calificador serán los alegados y acreditados documentalmente durante el plazo de presentación de solicitudes, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo.

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, dentro de los 20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.4. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Cámara de Cuentas o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3.5. El plazo para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.6. Las solicitudes no darán lugar al pago de derechos de examen.

3.7. Todas las fases de las pruebas selectivas se celebrarán en la ciudad de Sevilla.

3.8. Las personas con discapacidad que lo deseen deberán reseñar en el apartado 4 de la solicitud las adaptaciones que soliciten, al objeto de establecer las medidas necesarias de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía dictará Resolución, en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, indicando en la misma los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, en las que constarán el nombre y apellidos del candidato, núm. de su DNI y, en su caso, la causa de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.

4.3. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.4. Concluido dicho plazo, y una vez resueltas las posibles reclamaciones existentes, el Presidente de la Cámara de Cuentas dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos.

5. Tribunal Calificador.

5.1. La composición del Tribunal Calificador encargado de resolver el concurso-oposición es el que figura en el Anexo V de la presente convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente de la Cámara de Cuentas, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la norma citada en el párrafo anterior.

5.3. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal calificador con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, pudiendo el Presidente hacer uso del voto de calidad.

5.4. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización, valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

5.8. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse en la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como con lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal sin apelación alguna.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Cámara de Cuentas de Andalucía, Hospital de las Cinco Llagas, C/ Don Fadrique, s/n, 41009 Sevilla, teléfono 955 009 600.

6. Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El sistema selectivo de los aspirantes será el de concurso-oposición. La fase de oposición supondrá el 55% del total del sistema selectivo, y la fase de concurso el 45% del total.

La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 20 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y en la fase de concurso.

En caso de empate en la puntuación final el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; en caso de persistir el mismo, se atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso de méritos por el mismo orden en que aparecen regulados en esta convocatoria; y de persistir la igualdad, se resolverá a favor del aspirante cuya letra inicial del primer apellido esté primera en el orden determinado en el sorteo de actuación de las pruebas selectivas para establecer el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas correspondientes a la presente convocatoria (letra Ñ conforme al sorteo realizado a estos efectos por la Secretaría General para la Administración Pública BOJA núm. 41, de 1 de marzo de 2011).

6.2. La fase de oposición no comenzará antes del día 1 de enero del 2012; el lugar, la fecha y la hora de celebración del ejercicio se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

6.3. Los aspirantes serán requeridos para el desarrollo del ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal que resolverá lo que estime más procedente.

6.4. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad, pudiendo excluir a quienes no lo hagan. Igualmente, si en cualquier momento del proceso, el Tribunal tuviera constancia del incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos para participar en la presente convocatoria por parte de algún aspirante, procederá a su exclusión, comunicándolo el mismo día a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas y, si hubiera advertido falsedad en la declaración o documentación del interesado, pasará el tanto de culpa a la jurisdicción ordinaria.

6.5. El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

6.6. Fase de Oposición:

Se celebrará en primer lugar la fase de oposición.

El ejercicio tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas teórico práctico de respuestas alternativas siendo tan solo una de ellas la correcta sobre las materias que componen el temario (Anexo IV).

Se valorará de 0 a 11 puntos y para superar esta fase será necesario obtener un mínimo de 5 puntos.

Finalizado el ejercicio, se publicará en el tablón de anuncios de esta Institución la relación de aspirantes que han superado el mismo, con expresión de las calificaciones obtenidas, determinándose de esta forma las/los aspirantes que han superado la fase de oposición.

6.7. Fase de Concurso:

Esta fase, en la que la puntuación máxima a obtener será de 9 puntos, consistirá en la valoración de los méritos que acrediten los aspirantes según lo establecido en el Anexo III, y que hayan superado la fase de oposición, referidos al día de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

A la puntuación obtenida en la fase de concurso se sumarán los puntos obtenidos en la fase de oposición, siempre que en ésta se haya superado la puntuación mínima para aprobar, determinando de esta forma la puntuación final de cada aspirante y el número de aprobados, que no podrá ser superior al de plazas disponibles.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar la fase de oposición.

6.8. Relación de personal seleccionado.

Una vez finalizada la calificación de los aspirantes aprobados, el Tribunal Calificador publicará en el mismo lugar previsto en la base 6.6 la lista provisional de aprobados, en la que constarán las calificaciones de cada una de las fases, ordenándose dicha lista por orden alfabético.

Contra esta lista podrán presentarse alegaciones ante el Tribunal Calificador, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones no tendrán carácter de recurso y serán decididas en la relación definitiva prevista en el apartado siguiente.

Finalizado el plazo referido, el Tribunal Calificador remitirá copia certificada de la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación total obtenida, en la que constarán las calificaciones de cada una de las fases, con propuesta de nombramiento de funcionarias/os de carrera para ingresar en el Cuerpo de Administrativos de la Cámara de Cuentas de Andalucía, al Excmo. Sr. Presidente de esta Institución.

La citada relación definitiva se expondrá en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Contra esta relación cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno de esta Institución en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía y en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992).

7. Presentación de documentación, solicitud de destino, nombramiento de funcionario de carrera y toma de posesión.

7.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde la publicación de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior, deberán presentar en la Secretaría General de la Cámara de Cuentas de Andalucía:

a) La petición de destino. A estos efectos, la Secretaria General de la Cámara de Cuentas ofertará los puestos de trabajo vacantes, publicándose la correspondiente oferta en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

El sistema de adjudicación de destino se efectuará de acuerdo con las peticiones de los aspirantes según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

Los funcionarios que ocupen con carácter definitivo puestos de doble adscripción podrán solicitar la adjudicación del mismo, siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo. En tal supuesto, quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destino.

Así mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 83/2005, de 15 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2005, el personal que, con carácter definitivo, ocupe puesto de adscripción única al Grupo D podrá solicitar la adscripción de dicha plaza con el mismo carácter de ocupación, transformándose dicho puesto con adscripción única al Grupo C. En tal supuesto, también quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destino.

b) Los aspirantes estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro de Personal o de la Consejería, Ministerio u Organismo del que dependiesen para acreditar tal condición.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constituciones o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionaria/o y de no poseer la condición de funcionaria/o del Cuerpo y Especialidad convocado.

7.2. Quienes dentro del plazo fijado y salvo caso de fuerza mayor no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarias/os y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.3. Transcurrido el plazo de presentación de documentos y petición de destinos, serán nombradas/os funcionarias/os de carrera del Cuerpo de Administrativos, opción Administración General de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

7.4. La Resolución de nombramiento determinará la fecha de inicio del plazo de la toma de posesión.

7.5. Se entenderá que renuncia a los derechos derivados de la superación del concurso-oposición quien no tome posesión en el plazo señalado.

8. Norma final.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por las/os interesadas/os en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO III

A) Valoración de méritos.

a) Grado personal consolidado: el grado personal consolidado y reconocido, se valorará hasta un máximo de 2,5 puntos, en la forma siguiente

VALORACIÓN DEL GRADO Y NIVEL
NIVEL DEL PUESTO DE TRABAJO DEFINITIVO VALORACIÓN DEL GRADO CONSOLIDADO VALORACIÓN POR NIVEL
18-17 2,5 2,5
16-15 2 2

b) Trabajo desarrollado: el trabajo desarrollado según el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado con carácter definitivo en la fecha de la convocatoria, o en caso de no tener el/la funcionario/a destino definitivo, el último puesto desempeñado con tal carácter, se valorará hasta un máximo de 2,5 puntos.

c) Antigüedad: la antigüedad se computará por años completos de servicios o fracción superior a seis meses, valorándose hasta un máximo de 2,5 puntos, a razón de 0,10 puntos por año o fracción superior a seis meses.

d) Titulación superior o del mismo nivel, pero diferente a la exigida para el acceso al Grupo, hasta un máximo de 0,50 puntos: 0,50 puntos si la titulación es superior, y 0,25 puntos si es del mismo nivel.

e) Por cada ejercicio superado en anteriores pruebas selectivas de ingreso en el mismo Cuerpo objeto de la presente convocatoria, convocadas por la Cámara de Cuentas de Andalucía, y hasta un máximo de 0,75 puntos: 0,25 puntos.

f) Se valorarán, hasta un máximo de 0,25 puntos, los cursos de formación directamente relacionados con el temario de acceso al Cuerpo objeto de la presente convocatoria, organizados o impartidos por la Cámara de Cuentas de Andalucía, MAP, IAAP, Consejerías competentes en materia de Administración Pública, Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, Organismos de la Administración Local, Servicios Públicos de Empleo y cualquier Administración Pública no contemplada anteriormente, así como Universidades y Colegios Profesionales, cuya duración mínima sea de 20 horas lectivas, a razón de 0,125 puntos por curso.

En todos los casos sólo se valorarán por una sola vez los cursos relativos a la misma materia, aunque se repita su participación.

B) Acreditación documental.

- El grado personal consolidado, el trabajo desarrollado, y la antigüedad se acreditará mediante certificación expedida por la Secretaria General de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

- La titulación académica de igual o superior nivel a la exigida para el ingreso en el Cuerpo alegada como mérito y distinta a la utilizada para el acceso al Cuerpo se justificará con fotocopia del título o certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo.

- Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante copia compulsada del título, diploma o certificado que acredite la realización del curso o actividad correspondiente, realizados u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, debiendo figurar su duración en horas.

- La superación de pruebas selectivas, se acreditará mediante certificación oficial emitida por el órgano competente.

ANEXO IV

Tema 1. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Fuentes del Derecho Administrativo: Clasificación. Jerarquía normativa. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento: Concepto y clasificación. La potestad reglamentaria: Fundamento y límites. La inderogabilidad singular de los Reglamentos.

Tema 2. Los órganos administrativos: Concepto y clases. La competencia: Clases y criterios de delimitación. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma de los actos: La motivación, la notificación y la publicación. Régimen jurídico del silencio administrativo. Eficacia, validez y revisión de oficio de los actos administrativos.

Tema 3. El procedimiento administrativo: Naturaleza y fines. El procedimiento administrativo común en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los principios generales. Abstención y recusación. Los interesados. Derechos de los ciudadanos en el procedimiento. Las fases del procedimiento. Los procedimientos especiales.

Tema 4. Los recursos administrativos: Principios generales. Recurso de alzada. Recurso potestativo de reposición. Recurso extraordinario de revisión. Reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza.

Tema 5. Los contratos de la Administración. Competencias de la Junta de Andalucía para su regulación. Contratos administrativos y otros contratos de la Administración. Los distintos tipos de contratos administrativos. Órganos competentes para su celebración. Incapacidades y prohibiciones. Invalidez de los contratos. Actuaciones administrativas preparatorias de los contratos. Procedimientos y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción de los contratos.

Tema 6. La Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Estructura y principios generales. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Concepto y estructura. Los criterios de clasificación de los créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario, en especial las fases de elaboración, aprobación y rendición de cuentas. Las modificaciones presupuestarias. Otras operaciones sobre los créditos.

Tema 7. La ejecución del presupuesto de gasto de la Comunidad Andaluza I: El procedimiento general, fases, órganos competentes y documentos contables. Los gastos plurianuales, los expedientes de tramitación anticipada y la convalidación de gastos. Las operaciones de cierre del ejercicio. Los pagos: Concepto y clasificación. El anticipo de Caja Fija.

Tema 8. La ejecución del presupuesto de gastos de la Comunidad Andaluza (II): Los gastos contractuales, con especial referencia a los contratos de obras, de gestión de servicios públicos, de suministros, y de servicios. Los reajustes de anualidades y las tramitaciones de emergencia. Los gastos de subvenciones y de transferencias.

Tema 9. La ejecución del presupuesto de gasto de la Comunidad Andaluza (III): Las retribuciones de los funcionarios públicos y del personal laboral. Nóminas: Estructura y normas de confección. Las altas, bajas y modificaciones en la nómina; procedimiento y documentación justificativa. Tramitación de las cotizaciones a la Seguridad Social. Pago de las retribuciones del personal en activo.

Tema 10. La Tesorería de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Cuentas generales y cuentas autorizadas. La contabilidad auxiliar de las cuentas de Habilitación de Personal y de gastos de funcionamiento: Principios generales, libros necesarios y normas sobre su cumplimentación y control. La justificación de los gastos librados «a justificar» y los librados en firme de «justificación diferida».

Tema 11. El control de la actividad financiera de la Comunidad Autónoma: Concepto y clases. El control interno: La función interventora y sus modalidades, el control financiero y el control financiero permanente. La Intervención General de la Junta de Andalucía. El control externo: La Cámara de Cuentas de Andalucía. La Cámara de Cuentas de Andalucía: Organización y funcionamiento. Competencias, funciones, composición y atribuciones. Miembros de la Cámara y personal a su servicio.

Tema 12. Regulación de la Función Pública de la Junta de Andalucía. Normas constitucionales. Carácter de la legislación estatal. La Ley 6/85, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía: Estructura y contenido. El Estatuto Básico del Empleado Público. La selección de personal funcionario. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Procedimientos para la provisión de puestos adscritos a personal funcionario. Promoción profesional. Situaciones administrativas.

Tema 13. Los microordenadores: Hardware: Principales componentes físicos, sus periféricos. Software básico: Sistemas y entornos gráficos operativos y especial referencia a Windows. Redes de microordenadores y comunicaciones informáticas. Tipología de los sistemas ofimáticos: Sistemas gestores de bases de datos, sistemas de trabajo en grupo, sistemas de tratamiento, almacenamiento y archivo de textos y documentos, hojas de cálculo, diseño de gráficos de oficina, agendas y organizadores personales, correo electrónico e Internet. Seguridad de los sistemas y de la información. La protección de los datos personales.

Tema 14. Derechos y deberes de los funcionarios. Sindicación y huelga. Órganos de representación. Retribuciones, indemnizaciones y reconocimiento de servicios previos. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 15. Igualdad de Género, conceptos: Género, discriminación, desigualdad, acción positiva, roles y estereotipos. Discriminación por razón de sexo: discriminación directa e indirecta, discriminación salarial. Acoso por razón de sexo. Discriminación en la publicidad y lenguaje sexista. Igualdad entre mujeres y hombres: Igualdad de Derechos, de Trato y de Oportunidades. La Igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía. Violencia de Género: Concepto y Tipos de Violencia hacia las mujeres. Prevención y Protección Integral. Recursos y Programas específicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

ANEXO V

TRIBUNAL CALIFICADOR

Miembros Titulares:

Presidente: Don Juan Luis Hidalgo Alba.

Vocales: Doña María Luisa Balbontín de Arce, doña M.ª Concepción Bermúdez-Coronel García de Vinuesa y doña Silvia Bermúdez-Coronel García de Vinuesa.

Secretaria: Doña María José Escudero Olmedo.

Miembros Suplentes:

Presidenta: Doña Margarita Regli Crivel.

Vocales: Don Alejandro Teré Pérez, don Álvaro García Cabrera y don Antonio José Tubío Sánchez.

Secretario: Don Enrique Muñoz Juan.

Sevilla, 3 de noviembre de 2011.- El Presidente, Antonio M. López Hernández.

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