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Vistas las alegaciones presentadas por el referido personal contra los listados publicados mediante Resoluciones de 12 de abril y de 18 de mayo de 2011 referentes a las solicitudes presentadas durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2010, relativas a la modalidad de ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», correspondientes a las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal funcionario y no laboral y para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que establece la Orden de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), mediante la que se aprueba el Reglamento de las citadas ayudas, tienen lugar los siguientes
HECHOS
Primero. Se ha comprobado que las solicitudes correspondientes a las personas beneficiarias cuya concesión se hace pública mediante esta Resolución reúnen todos los requisitos fijados reglamentariamente para su concesión.
A tales Hechos les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. Los artículos 13 y siguientes del referido Reglamento que regulan la ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», en relación con el artículo 11 del mismo texto, que establece el procedimiento de resolución de ayudas.
II. La Disposición Adicional Segunda de la Orden que aprueba el citado Reglamento por la que se delegan las competencias de todas las actuaciones del procedimiento de gestión y resolución de las ayudas «Médica, Protésica y Odontológica» en los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública, respecto del personal que esté destinado en los servicios periféricos de cada provincia, en relación con el artículo 2 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
III. El artículo 3 del Reglamento, mediante el que se establece el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio de esta modalidad de ayuda.
IV. La Resolución de 27 de enero de 2010 (BOJA núm. 26, de 9 de febrero) en la que se determina, para el ejercicio 2010, las cuantías a abonar para este tipo de ayudas, en relación con el artículo 6 del referido Reglamento.
Vistos los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos, y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial
RESUELVE
Primero. Publicar los listados definitivos de excluidos y complementarios de personas beneficiarias de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 2010, en la modalidad «Médica, Protésica y Odontológica», correspondientes a las alegaciones presentadas por el referido personal contra los listados publicados mediante Resoluciones de 12 de abril y de 18 mayo de 2011 referentes a las solicitudes presentadas durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2010.
Segundo. A tales efectos los listados quedarán expuestos en la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Sevilla, en la sede de Luis Montoto, núm. 133; cuya consulta podrá realizarse a su vez a través de la web del empleado público: https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico, seleccionando: Trámites Laborales, Ayudas de Acción Social, Ayudas de Actividad Continuada.
Tercero. Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, el personal funcionario y no laboral puede interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 69 y siguientes del Real Decreto 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Sevilla, 4 de noviembre de 2011.- La Delegada, Estrella Montaño García.
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