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La Universidad de Almería convoca a concurso público un contrato laboral de investigación financiado con los fondos de contratos, grupos o proyectos.
Solicitantes: Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar el contrato. El resto de requisitos se establecen en Anexo I.
Salario bruto del contrato: Ver Anexo I. En el importe indicado está incluido el prorrateo de pagas extraordinarias. A este importe se le adicionará la cuota patronal y los días por indemnización.
En el caso de que el contrato se homologara y su duración fuera igual o superior a un año, tendrá derecho a la exención de las tasas académicas de los cursos de su programa de posgrado que realice en la UAL, ya sea de master o doctorado, para el curso académico en el que se convoca el contrato y el siguiente siempre que esté vigente el contrato concedido. Dicha exención no podrá exceder de 60 créditos cuando se trate de estudios de master. No se incluye la tutela académica.
Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en la Unidad Gestión de Investigación de la Universidad de Almería y se acompañará de la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.
- Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente.
- Currículum vítae. Se deberá acreditar que se posee la experiencia y/o el conocimiento requerido en el perfil de la beca (no se valorará aquello que no esté debidamente acreditado).
Las solicitudes dirigidas al Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación podrán presentarse en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera con el sábado, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil.
Criterios de selección: La resolución de la presente convocatoria la realizará la Comisión Evaluadora de Solicitudes que estará compuesta por:
- Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.
- El director del contrato.
- Dos miembros de la Comisión de Investigación a propuesta de ésta.
- El Jefe del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, que actuará como Secretario.
La Comisión seleccionará y valorará prioritariamente la preparación académica y experiencia de los candidatos, siguiendo el baremo que figura como Anexo a esta convocatoria, pudiendo citar a los candidatos con mayor puntuación a una entrevista personal. Ésta se valorará con un máximo de 5 puntos. La Resolución del contrato se publicará en el citado tablón de anuncios y se notificará conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las plazas podrán quedar desiertas si a juicio de la Comisión Evaluadora de Solicitudes los admitidos no reuniesen los requisitos necesarios para poder desarrollar el trabajo de investigación objeto de la convocatoria de este contrato.
Si se produjera la vacante o renuncia del contrato se podrá sustituir por el correspondiente suplente según el orden de prelación establecido en la Comisión Evaluadora de Solicitudes.
Obligaciones del contratado:
1. La aceptación del contrato por parte del beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las determinadas por el responsable del proyecto, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la Universidad de Almería y resoluciones emanadas de los órganos de gobierno de ésta.
2. Será obligación del contratado/a solicitar autorización del Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación para cualquier cambio de centro, director, proyecto de investigación o interrupción razonada del contrato, previo informe del responsable del proyecto, así como informar de la renuncia del mismo.
3. La no observancia de estas normas supondrá la anulación del contrato.
La presente resolución agota la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24.12.2001), contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes a partir de la recepción de esta resolución según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.1999), o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses a partir igualmente de la recepción de esta resolución. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE del 14.7.1998).
Almería, 8 de noviembre de 2011.- El Rector, Pedro Molina García.
ANEXO I
Un contrato laboral financiado con los fondos del proyecto de excelencia Computación de Altas Prestaciones en Localización de Recursos, con referencia P08-TIC-03518
Perfil del contrato:
- Titulación requerida: Ingeniero en Informática, Licenciado en Matemáticas, Ingeniero Electrónico, con nota media de expediente académico superior a 1,6. La fecha de obtención de la titulación es a partir del 1 de enero de 2009.
- Se valorará: Título de Máster en Informática, Matemáticas o afín; conocimiento de idiomas acreditados mediante certificados y poseer la doble titulación de Matemáticas-Informática.
Salario bruto: 1.613 €/mes.
Duración: 6 meses (con posibilidad de prórroga).
Dedicación: Tiempo completo.
Directora: Dra. Pilar Martínez Ortigosa.
Un contrato laboral financiado con los fondos del proyecto Análisis de la Influencia de las Clases de EF en la Adherencia a la Práctica Deportiva y la Adopción de Hábitos de Vida Saludables tras Finalizar la Escolarizacion Obligatoria, con referencia DEP2010-17063
Perfil del contrato:
- Titulación requerida: Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.
- Se requiere: Estar matriculado en un programa de doctorado y tener publicaciones o participación en congresos con temáticas relacionadas con el proyecto.
- Se valorará: haber sido becario o contratado en proyectos de investigación relacionados con la temática del proyecto y los conocimientos de idiomas acreditados mediante certificados (especialmente el inglés).
Salario bruto: 1.020 €/mes.
Duración: 12 meses (sin prórroga automática).
Dedicación: Tiempo completo.
Director: Dr. Álvaro Sicilia Camacho.
BAREMO
1. Expediente académico | (1 - 4) *3 |
2. Becas | (0-1,8) |
2.1. Si ha disfrutado de una beca de investigación del MEC, Junta u homologada | 0,4/año |
2.2. Si ha disfrutado de una beca de colaboración del MEC | 0,2 |
3. Programa de Posgrado (máximo 60 ECTS computables) | (0 - 1) |
3.1. Por ECTS realizado | 0,01 |
3.2. Si ha superado el DEA o trabajo fin de master | 0,4 |
4. Estancias de investigación en otros centros | |
1(0 - 1)4.1. En España0,2 x mes4.2. En el extranjero0,3 x mes5. Actividad investigadora2(0 - 4,2)5.1.Libros publicados de carácter internacionalhasta 2 puntos por cada uno5.2.Libros publicados de carácter nacionalhasta 1 punto por cada uno5.3.Artículos de carácter internacionalhasta 1,5 puntos por cada uno5.4.Artículos de carácter nacionalhasta 0,6 puntos por cada uno5.5.Capítulos de libros de carácter internacionalhasta 1 punto por cada uno5.6.Capítulos de libros de carácter nacionalhasta 0,5 puntos por cada uno5.7.Actas de congresos internacionaleshasta 0,6 puntos por cada uno5.8.Actas de congresos nacionaleshasta 0,3 puntos por cada uno5.9.Comunicaciones a congresos internacionaleshasta 0,2 puntos por cada uno5.10.Comunicaciones a congresos nacionaleshasta 0,1 puntos por cada uno6. Experiencia o conocimientos relacionados con los requisitos de la convocatoria(0 - 6)7. Entrevista personal (opcional)(0-2)1 Realizadas en todo caso tras la obtención de la titulación académica superior.
2 Se excluyen publicaciones de divulgación o de carácter docente (libros de texto, manuales…), y también aquellas que no estén sometidas a revisión por expertos. Se contabilizarán sólo los trabajos de investigación publicados o en prensa. No se evaluarán las traducciones de libros. El carácter internacional de un Congreso no lo determina su título, sino el hecho de que las comunicaciones presentadas provengan de investigadores de varios países (no sólo de dos países, por ejemplo), con un tanto por ciento considerable de comunicaciones de autores extranjeros.
Se consideran actas de congresos aquellas en las que se publica el trabajo completo expuesto en el congreso y no solamente un resumen del mismo.
El impacto internacional de una revista viene dado por su presencia en las bases de datos Science Citation Index, Social Sciences Citation Index, Arts & Humanities Citation Index, del Institute for Scientific Information, independientemente del idioma o país en que se edite.
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