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A los efectos previstos en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, en el Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería, en la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa y en el Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, por medio del presente edicto se somete a trámite de información pública la solicitud referenciada en el epígrafe, haciendo constar:
Que mediante Resolución de 25 de mayo de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (BOP núm. 241, de 17 de octubre de 2003), se otorga por un período de 30 años la concesión directa de explotación para recursos de la sección C denominada La Rinconada núm. 7655, sobre una superficie de ocho cuadrículas mineras en los términos municipales de La Rinconada y Sevilla, en la provincia de Sevilla, a favor de la entidad Hanson Hispania, S.A.
Que con fecha 22 de diciembre de 2004 la entidad Hanson Hispania, S.A., solicita la expropiación forzosa de los terrenos necesarios para la explotación de la concesión directa de los recursos de la sección C, reiterada con fechas 22 de septiembre de 2005, 13 de julio de 2006 y 9 de marzo de 2007.
Que con fecha 10 de enero de 2008 (BOJA núm. 99, año 2008) y 30 de enero de 2008 (periódico Correo de Andalucía), se publica la relación de Bienes y Derechos afectados en cumplimiento del articulo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Con fecha 29 de enero de 2008, el interesado Francisco Javier Guajardo-Fajardo Alarcón de Lastra, advierte a esta Delegación Provincial de los errores materiales referentes a los términos municipales de determinadas fincas de la Relación de Bienes y Derechos publicada.
Que con fecha 21 de octubre de 2009 y 28 de abril de 2010 la compañía beneficiaria, Hanson Hispania, S.A., presenta nueva relación de bienes y derechos afectados, a instancia de esta Delegación Provincial de fecha 21 de febrero de 2008.
Que ante la imposibilidad de llegar a acuerdo con los propietarios afectados y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, en el articulo 17 del Reglamento para su aplicación de 26 de abril de 1957 y en el artículo 86 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por ley 4/99, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede someter a trámite de información pública por un plazo de (20) veinte días siguientes a la publicación del presente anuncio, la siguiente relación de Bienes y Derechos afectados que sustituye a la de fecha 10 de enero de 2008.
N. referencia: SIEM/DM/RSC 7655.
POLIGONO | PARCELA | TITULAR | DIRECCIÓN | SUPEFICIE |
SUPEFICIE AFECTADA |
TERMINO MUNICIPAL |
USO |
15 | 67 | LUIS PEREIRA PEREZ |
SANTA MARIA DE LA GUIA 7 41008 SEVILLA |
3,8090 | 0,4340 | LA RINCONADA | CULTIVO |
13 | 138 |
LUIS ALARCON DE LA LASTRA MENDARO |
AVDA. REINA MERCEDES 3, 8C. 41012 SEVILLA |
4,4514 | 0,9915 | SEVILLA | CULTIVO |
13 | 140 |
MARIA LUISA ALARCON DE LA LASTRA DOMINGUEZ |
EL CAÑO 8. 14001 CÓRDOBA |
8,5851 | 8,5851 | SEVILLA | CULTIVO |
13 | 143 |
FRANCISCO GUAJARDO FAJARDO ALARCON DE LA LASTRA |
C/ JULIO CESAR 15 IZQ. 41001 SEVILLA |
24,2504 | 6,8032 | SEVILLA | CULTIVO |
13 | 145 |
LUIS ALARCON DE LA LASTRA MENDARO |
AVDA. REINA MERCEDES 3, 8C. 41012 SEVILLA |
3,6989 | 2,1130 | SEVILLA | CULTIVO |
13 | 144 |
JUAN MARIA ALARCON DE LA LASTRA DOMINGUEZ |
AVDA. DE LA CONSTITUCION 36. 41001 SEVILLA |
23,5865 | 14,0300 |
SEVILILA |
CULTIVO |
13 | 148 | FRANCISCO PEREIRA PEREZ |
C/ FERRALLISTAS 2. 41008 SEVILLA |
6,9192 | 6,9192 |
SEVILLA |
CULTIVO |
13 | 149 | LUIS PEREIRA PEREZ |
SANTA MARIA DE LA GUIA 7, 1C. 41008 SEVILLA |
10,6164 | 10,6164 |
SEVILLA |
CULTIVO |
13 | 150 |
JUAN MARIA ALARCON DE LA LASTRA DOMINGUEZ |
AVDA. DE LA CONSTITUCION 36. 41001 SEVILLA |
7,0101 | 5,6536 |
SEVILLA |
CULTIVO |
13 | 147 | LUIS ALARCON DOMINGUEZ |
C/ DIEGO DE RIAÑO 7. 41004 SEVILLA |
20,3045 | 10,9676 |
SEVILLA |
CULTIVO |
Cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. En este caso indicará los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más conveniente al fin que se persigue. Igualmente cualquier persona podrá formular alegaciones, a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación. Las alegaciones deberán dirigirse en las dependencias de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, sita en Sevilla, calle Graham Bell, núm. 5, Edificio Rubén Darío 2, 41010, Sevilla.
Sevilla, 2 de noviembre de 2011.- La Delegada, M.ª Francisca Amador Prieto.
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