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El artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en el procedimiento de elaboración de los reglamentos que cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometida a información pública durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles.
En su virtud, y a propuesta de la Secretaría General de Salud Pública y Participación,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública el Proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones en Salud por un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la finalidad de que los organismos, entidades, colectivos y ciudadanos interesados formulen las alegaciones que estimen pertinentes.
Segundo. Durante dicho plazo, el texto del Proyecto de Decreto estará disponible en las dependencias de la Secretaría General de Salud Pública y Participación, sita en Avda. de la Innovación, s/n, Edificio Arena 1, Sevilla, así como en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes.
Tercero. Asimismo, podrá consultarse el texto del Proyecto de Decreto en la página web de la Consejería de Salud (www.juntadeandalucía.es/salud).
Cuarto. Las alegaciones podrán formularse mediante escrito dirigido a la Secretaría General Técnica sita en Avda. de la Innovación, s/n Edificio Arena 1, Sevilla, adjuntando en el supuesto de organismos, entidades y colectivos interesados la acreditación de la constitución y representación de los mismos, y se presentarán preferentemente en el registro de la Consejería de Salud, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 9 de noviembre de 2011.- La Secretaria General Técnica, María José Gualda Romero.
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