Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Mediante Orden de esta Consejería de 26 de noviembre de 2010 se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Medio Ambiente, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 241, de 13 de diciembre de 2010.
En el contenido de la orden precitada se han advertido diversos errores u omisiones cuyo alcance determinan la procedencia de su rectificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto 205/1983, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 82, de 14 de octubre de 1983).
En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido concedidas, de acuerdo con el artículo 26.2 de Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el Decreto 139/2010, de 13 de abril, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente
DISPONGO
Rectificar la Orden de 26 de noviembre de 2010, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Medio Ambiente, en los siguientes términos:
- En el Anexo I, apartado 1. Servicios Centrales. Secretaría General Técnica. Fichero Patrimonio, párrafo e), donde dice «Tipología de los datos: Datos de carácter identificativo y sanciones. Tratamiento mixto.»; debe decir «Datos de carácter identificativo, datos sobre el patrimonio. Tratamiento automatizado».
- En el Anexo I, apartado 1. Servicios Centrales. Secretaría General Técnica. Fichero Expedientes Personales, párrafo d) donde dice «Procedimiento de recogida de datos: Sistema Integral de Recursos Humanos de la Junta de Andalucía (SIRHUS) y Formularios», y en el párrafo e), donde dice «Tipología de los datos: Nombre y apellidos, DNI, Huella, Teléfono, número Seguridad Social, Dirección, Firma, Imagen, Datos del estado civil, Datos de familia, Fecha de nacimiento, Lugar de nacimiento, Sexo, Nacionalidad. Dirección IP. Tratamiento mixto»; debe decir «Tipología de los datos: Nombre y apellidos, DNI, Huella, Teléfono, número Seguridad Social, Dirección, Firma, Imagen, Datos del estado civil, Datos de familia, Fecha de nacimiento, Lugar de nacimiento, Sexo, Nacionalidad, datos curriculares, Dirección IP. Tratamiento mixto».
- En el Anexo I, apartado 1. Servicios Centrales. Secretaría General Técnica. Fichero Videovigilancia y control de accesos, párrafo e), donde dice «Tipología de los datos: Imágenes y Control de accesos. Tratamiento mixto.»; debe decir «Tipología de los datos: Imágenes y datos de carácter identificativo. Tratamiento mixto».
- En el Anexo I, apartado 1. Servicios Centrales. Dirección General de Gestión del Medio Natural. Fichero Responsabilidad patrimonial, párrafo e), donde dice «Tipología de los datos: Datos de carácter identificativo. Tratamiento mixto.»; debe decir «Tipología de los datos: Datos de carácter identificativo, datos sobre los daños. Tratamiento mixto».
- En el Anexo I, apartado 1. Servicios Centrales. Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana, donde dice «Foros de participación ciudadana»; debe decir «Participación ciudadana», y en su párrafo b), donde dice «Registro en la web en foros para temas medioambientales»; debe decir, «Registro para la participación ciudadana en temas medioambientales.», y en su párrafo d), donde dice «Procedimiento de recogida de datos: Formularios web»; debe decir, «Procedimiento de recogida de datos: Formularios».
- En el Anexo I, apartado 1. Servicios Centrales. Dirección General de Desarrollo Sostenible e Información Ambiental, donde dice «Foros de participación ciudadana»; debe decir «Participación medioambiental en la web», y en el párrafo b), donde dice «Usos y fines: Registro en la web en foros de participación para temas medioambientales»; debe decir «Usos y fines: Registro en la web para actividades medioambientales».
- En el Anexo I, apartado 1. Servicios Centrales. Dirección General de Cambio Climático y Medio Ambiente Urbano. Fichero Denuncias medioambientales, párrafo e), donde dice «Tipología de los datos: Datos de carácter identificativo. Tratamiento manual»; debe decir «Tipología de los datos: Datos de carácter identificativo, descripción de los hechos. Tratamiento manual».
- En el Anexo I, apartado 2. Delegaciones Provinciales. Fichero Expedientes de personal, párrafo d), donde dice «Procedimiento de recogida de datos: Sistema Integral de Recursos Humanos de la Junta de Andalucía (SIRHUS) y Formularios.» debe decir «Procedimiento de recogida de datos: Sistema Integral de Recursos Humanos de la Junta de Andalucía (SIRHUS), Formularios y Registro automatizado de visitas a Internet», y en el párrafo e); donde dice «Tipología de los datos: Nombre y apellidos, DNI, Teléfono, número Seguridad Social, Dirección, Firma, Imagen, Datos del estado civil, Datos de familia, Fecha de nacimiento, Lugar de nacimiento, Sexo, Nacionalidad. Tratamiento mixto.»; debe decir «Tipología de los datos: Nombre y apellidos, DNI, Teléfono, número Seguridad Social, Dirección, Firma, Imagen, Datos del estado civil, Datos de familia, Fecha de nacimiento, Lugar de nacimiento, Sexo, Nacionalidad, datos curriculares, dirección IP. Tratamiento mixto».
- En el Anexo I, apartado 2. Delegaciones Provinciales. Fichero Expedientes disciplinarios, párrafo e), donde dice «Tipología de los datos: Datos de Carácter identificativo. Tratamiento manual»; debe decir «Tipología de los datos: Datos de Carácter identificativo, infracciones administrativas. Tratamiento manual».
- En el Anexo I, apartado 2. Delegaciones Provinciales. Fichero Denuncias medioambientales, párrafo e), donde dice «Tipología de los datos: Datos de Carácter identificativo del denunciante y del denunciado. Tratamiento mixto»; debe decir «Tipología de los datos: Datos de Carácter identificativo del denunciante y del denunciado, descripción de los hechos. Tratamiento mixto».
- En el Anexo I, apartado 2. Delegaciones Provinciales. Fichero Expedientes de subvención, párrafo e), donde dice «Tipología de los datos: Datos de Carácter identificativo, número cuenta. Tratamiento mixto.»; debe decir «Tipología de los datos: Datos de Carácter identificativo, datos económicos. Tratamiento mixto».
- En el Anexo I, apartado 2. Delegaciones Provinciales. Fichero BBDD Patrimonio, párrafo e), donde dice «Tipología de los datos: Datos de Carácter identificativo. Tratamiento automatizado»; debe decir «Tipología de los datos: Datos de carácter identificativo, datos sobre el patrimonio. Tratamiento automatizado.», y en el apartado h), donde dice «Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: Básico.»; debe decir «Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: Medio».
- En el Anexo I, apartado 2. Delegaciones Provinciales. Fichero Gestión de los parques naturales, párrafo b), donde dice «Usos y fines: Gestión de las diversas actividades de los parques naturales de Almería.»; debe decir «Usos y fines: Gestión de las diversas actividades de los parques naturales».
- En el Anexo II, donde dice «Delegaciones Provinciales»; debe decir «Delegación Provincial de Almería».
Sevilla, 19 de enero de 2011
JOSÉ JUAN DÍAZ TRILLO
Consejero de Medio Ambiente
Descargar PDF