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Por Orden de la Consejería de Empleo de 26 de marzo de 2009 se convoca la concesión de subvenciones a las micro-empresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) del sector de la construcción que realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales (BOJA núm. 70, de 14 de abril de 2009).
En cumplimiento de lo previsto en dicha Orden y en el artículo 6.3 de la Orden de 8 de mayo de 2006 (BOJA núm. 106,de 5 de junio de 2006), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) del sector de la construcción, que realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales, en relación con lo dispuesto en los artículos 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 9.2.e) del Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, aprobado por Decreto 254/2001, de 20 de noviembre,
RESUELVO
Anunciar la publicación en los tablones de anuncios de esta Delegación Provincial y de la Consejería de Empleo, sitas en Pza. Asdrúbal, s/n, de Cádiz, y en Avda. de Hytasa, núm. 14,de Sevilla, respectivamente, así como en el Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Cádiz, sito en calle Barbate, esquina San Mateo, s/n, del contenido íntegro de la Resolución de Concesión de las subvenciones, con cargo al Capítulo IVdel Presupuesto de Gastos de la Junta de Andalucía, a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) del sector de la construcción, que realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales, convocada por la Orden de 26 de marzo de 2009 (BOJA núm. 70, de 14 de abril de 2009).
De conformidad con el artículo 13.7 de la Orden de 8 de mayo de 2006 (BOJA núm. 106, de 5 de junio de 2006), y con la Resolución de Concesión, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la misma, el interesado deberá formular la aceptación o renuncia expresa, con la advertencia de que, si transcurrido este plazo no lo hiciera, la Resolución dictada perderá su eficacia, acordándose su archivo con notificación al interesado.
Cádiz, 15 de noviembre de 2011.- El Delegado, Juan ManuelBouza Mera.
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