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La Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural, tiene por objeto regular y establecer medidas que favorezcan el desarrollo sostenible del medio rural regulando el marco normativo de la acción del Estado en el ámbito de sus competencias y estableciendo los criterios e instrumentos de colaboración con el resto de las Administraciones Públicas, con el fin de alcanzar una acción pública coordinada y complementaria en este ámbito que mejore la cohesión económica y social entre los diversos territorios, configurando el Programa de Desarrollo Rural Sostenible como el principal instrumento para llevar a cabo esta planificación.
En este marco, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de septiembre de 2009, se delimitaron y calificaron las once Zonas Rurales para la aplicación del Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010-2014 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo necesario a continuación, para garantizar la complementariedad y coherencia de las medidas derivadas del Programa, la elaboración de un Plan por Zona Rural que deberá ser aprobado por la Comunidad Autónoma, donde se recogerán las actuaciones que las distintas Administraciones competentes en cada caso hayan de llevar a cabo en dicha zona.
Como consecuencia de lo expuesto, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno, también de fecha 22 de septiembre de 2009, se aprobó la formulación de los Planes por Zona Rural para la aplicación del Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010-2014 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, estableciéndose el contenido mínimo de dichos Planes, la creación de una Comisión para su redacción, y el proceso para su elaboración y aprobación.
Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural, cumplimentados los trámites para la elaboración de los Planes por Zona recogidos en el apartado Quinto del citado Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de septiembre de 2009, a propuesta de la Consejera de Agricultura y Pesca, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de noviembre de 2011, se adopta el siguiente
ACUERDO
Aprobar los once Planes de Zonas Rurales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en aplicación de la Ley 45/2007, para el desarrollo sostenible del medio rural, a los efectos de su remisión al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, para la suscripción del convenio específico entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la ejecución, seguimiento y evaluación de las acciones incluidas en los Planes de Zona.
Planes de Zonas Rurales de:
Sierra de Aracena y Picos de Aroche (ZARA).
Andévalo y la Cuenca Minera de Huelva (ZACU).
Alpujarra (ZALP).
Noreste de Cádiz y Los Alcornocales (ZCAD).
El Condado de Jaén (ZCON).
Los Pedroches y el Valle del Alto Guadiato (ZCOR).
Sierra de Filabres-Alhamilla (ZFAL).
Hoyas de Guadix y Baza (ZHOY).
Sierras Occidentales de Málaga (ZMAL).
Sierra Morena y Vega Alta de Sevilla (ZSEV).
Sierra de Segura y Cazorla (ZSSC).
Los referidos Planes estarán disponibles en el sitio web oficial de la Consejería de Agricultura y Pesca (www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca).
Sevilla, 29 de noviembre de 2011
José Antonio Griñán Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
Clara EUGENIA Aguilera García
Consejera de Agricultura y Pesca
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