Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como en los artículos 51 y 132 de los Estatutos de Universidad de Jaén, con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, acuerda convocar, de acuerdo con el artículo 75.2 de la mencionada Ley Orgánica, pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Analistas Informáticos con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 6 plazas de Analistas Informáticos de la Universidad de Jaén, mediante el sistema de promoción interna.
1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del Empleado Público, y a las bases de esta Resolución.
1.3. El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista de las personas aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el tablón de anuncios del edificio de Rectorado de la Universidad.
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los/as españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, así como a sus descendientes/as y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados/as de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos los 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado/a Universitario/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o titulación equivalente.
d) No padecer enfermedad ni estar afectada por alguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitada para el desempeño de funciones públicas.
f) Hallarse en servicio activo, con destino en la Universidad de Jaén y pertenecer a la Escala de Programadores Informáticos con, al menos, dos años de antigüedad en el mismo.
2.2. Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en posesión de los mismos hasta la toma de posesión como funcionario/a de la Escala a que se aspira.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en el modelo de instancia que será facilitado gratuitamente en el Servicio de Información y Asuntos Generales o en el Servicio de Personal y Organización Docente de la Universidad de Jaén, así como en la página web de la Universidad de Jaén o en los modelos normalizados para ingresar en la Administración Pública, que se facilitan en las Subdelegaciones de Gobierno y en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
A la instancia se acompañarán una fotocopia del documento nacional de identidad y el resguardo de haber abonado los derechos de examen a que se refiere la base 3.4.
3.2. Las solicitudes se dirigirán al Señor Rector Magnífico de la Universidad de Jaén, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
3.3. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General o registros auxiliares de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre).
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el/la funcionario/a de correos antes de ser certificadas.
3.4. Los derechos de examen, por el importe de 28,00 euros, se ingresarán por los solicitantes en la Caja Rural de Jaén, cuenta número 3067.0109.33.1150653028, a nombre de la Universidad de Jaén, indicando en el ingreso: «Oposiciones Escala de Analistas Informáticos».
3.5. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión de las personas aspirantes. En ningún caso, la presentación y pago en la Caja Rural supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
3.7. Las personas candidatas con minusvalías podrán indicarlo en la solicitud utilizando el recuadro 5 de la misma, expresando en el 7 las posibles adaptaciones de tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios.
4. Admisión de las personas aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Jaén dictará Resolución en el plazo máximo de un mes que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en la que además de declarar aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de las personas aspirantes excluidas con mención expresa en todo caso, de los apellidos, nombre, número de documento nacional de identidad y motivo que la produce.
4.2. En todo caso, la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo de diez días para la subsanación de errores, transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en el tablón de anuncios del Rectorado. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Rectorado edificio B-1 del Campus Las Lagunillas.
5. Tribunal Calificador.
5.1. Debido a la urgente necesidad de la publicación de la convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Rector al mismo tiempo que se expongan la lista de excluidos/as a que se refiere la base 4.1.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.
Asimismo, las personas candidatas podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.3. Previa convocatoria de la Presidencia se constituirá el Tribunal con la asistencia del/de la Presidente/a y Secretario/a y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará la sesión de constitución en el plazo máximo de 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en cualquier caso al menos diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.4. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.
5.5. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
La designación de tales asesores/as deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Jaén.
5.7. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que la personas aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones a las de los/las demás opositores/as, para la realización de los ejercicios.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso colaboración de los servicios técnicos de la Administración Laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía.
5.8. La Presidencia del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes. El Tribunal excluirá a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas y signos que permitan conocer la identidad del/de la opositor/a.
5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Jaén, Paraje Las Lagunillas, sin número, edificio B-1, teléfono 953 212 277.
El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 31, de 21 de abril).
5.11. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de candidatos/as superior al número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados/as que contravenga lo anterior, será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as opositores/as para que acrediten su identidad.
6.2. El orden de actuación de los/as opositores/as se determinará mediante sorteo efectuado por el Tribunal.
6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos/as de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con al menos doce horas de antelación a su comienzo si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si el ejercicio es nuevo.
6.5. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir las personas candidatas, a los efectos procedentes. Contra la exclusión los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada, ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.
7. Listas de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios/as de carrera.
7.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública en los lugares de examen y en el Rectorado de la Universidad las listas con las puntuaciones correspondientes.
7.2. La puntuación final se obtendrá de la forma establecida en el anexo I de esta convocatoria. Finalizados los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados/as, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la oposición y la suma total.
La lista de aprobados/as no podrá superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984.
7.3. La relación de aprobados/as será elevada al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera.
7.4. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación en el Rectorado de la Universidad de la relación de aprobados/as a que se refiere la base anterior, las personas aspirantes que figuren en las mismas deberá presentar en el Servicio de Personal y Organización Docente, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la base 2 de la convocatoria y cumplimentarán la declaración que se incluye como Anexo III de la convocatoria.
7.5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
7.6. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios/as de carrera mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del documento nacional de identidad de las personas aspirantes aprobadas, ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentadas en la Universidad con el apartado «Reservado para la Administración», debidamente cumplimentado.
8. Norma final.
8.1. La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, así como de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
8.2. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Jaén, 23 de noviembre de 2011.- El Rector, Manuel Parras Rosa.
ANEXO I
EJERCICIOS Y VALORACIÓN
I.1. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases: concurso y oposición.
I.1.1. En la fase de concurso:
Se valorará hasta un cuarenta por ciento de la puntuación de la fase de oposición, con la siguiente distribución:
Antigüedad: Se valorarán los años completos, o fracción superior a seis meses. A estos efectos serán reconocidos los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.
La valoración máxima será de 10 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria, concediéndose a cada año una puntuación de 0,40 puntos hasta el límite máximo.
Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con destino definitivo el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Nivel 15: Cuatro puntos, y por cada unidad de nivel que le exceda, se sumará 0,5, hasta un máximo de 10 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de la misma.
I.1.2. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo estos eliminatorios:
Primer ejercicio: consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas correspondientes al programa. Se extraerá al azar un tema de cada uno de los cuatro módulos en que se divide el programa.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.
Segundo ejercicio: Consistirá en la presentación de la planificación de un proyecto de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones en alguno o varios de los ámbitos que corresponden al temario. Se valorará la capacidad de gestión, las habilidades técnicas y la aplicación de conocimientos profesionales relacionados con el perfil de las plazas.
El proyecto será expuesto y defendido por cada persona aspirante, en sesión pública convocada al efecto, durante un máximo de 30 minutos.
El tiempo comprendido entre la fecha de publicación de las calificaciones del primer ejercicio y la presentación del proyecto será de un mes.
I.1.3. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio.
ANEXO II
PROGRAMA
MÓDULO I
1. Legislación sobre protección de datos de carácter personal.
2. Los servicios públicos por internet. Requerimientos legales: LSSI, Accesibilidad.
3. La contratación de bienes y servicios de Tecnología de la Información en la Administración Pública.
4. Pliego de condiciones técnicas: estructura, definición de requisitos, criterios y técnicas de evaluación de alternativas.
5. Auditoria informática: Concepto y contenido, normas técnicas y estándares, organización de la función auditora, aspectos específicos de la auditoria informática en la Administración Pública.
6. Calidad en las Universidades Andaluzas. El modelo EFQM.
7. Gestión de servicios de Tecnologías de la Información. Metodología ITIL.
8. Software libre y propietario. Concepto de licencia de uso de software. Licencia GPL.
9. Definición y estructura de los Sistemas de Información.
10. Organización y funcionamiento de un Centro de Sistemas de Información.
11. Análisis y diseño de aplicaciones informáticas.
12. Ingeniería del software. Ciclo de desarrollo del software. Tipos de ciclos de desarrollo. Metodologías de desarrollo. Características de las principales metodologías de desarrollo.
13. Gestión y control de proyectos informáticos. Estimación de recursos. Planificación temporal y organizativa. Seguimiento.
MÓDULO II
1. SGBD Oracle 10g. Arquitectura. Entornos de trabajo Oracle RAC.
2. SGBD Oracle 10g. Seguridad y auditoría. Copias de seguridad y recuperación.
3. Desarrollo de sistemas de información con tecnología Oracle: Programación PL/SQL, Forms Developer 10g, Reports Developer 10g.
4. Desarrollo de aplicaciones con JDeveloper 10g.
5. Servidores de aplicaciones: Instalación y funcionamiento. OracleAS, Tomcat, Jboss.
6. Diseño de aplicaciones J2EE: Componentes de negocio J2EE, modelo de desarrollo por capas, persistencia.
7. Arquitectura SOA. Integración de aplicaciones.
8. Servicio de directorio LDAP. Directorio activo, directorios corporativos. OID.
9. Sistemas de identificación centralizados. Shibboleth, SAML, PAPI.
10. La administración electrónica. Firma Digital. Plataforma tecnológica de la Junta de Andalucía.
11. Gestión de datos corporativos. DataWarehouse, Datamart, Datamining. OLAP, EIS. Cuadro de mandos.
12. El proceso electrónico de documentos. Sistemas de gestión documental. Sistemas de gestión de contenidos.
MÓDULO III
1. Administración de sistemas UNIX y LINUX.
2. Virtualización de servidores y de equipos de escritorio.
3. Clustering de servidores.
4. Administración de sistemas Windows 2003/2008 Server.
5. Organización, instalación, configuración y mantenimiento de aulas de informática.
6. Aula de Docencia Avanzada. AccesGrid.
7. Sistemas de almacenamiento. Consolidación: SAN y NAS.
8. Centros de servicios (Service Desk). Direfencias con HelpDesk. Objetivos. Funciones. Acuerdos de nivel de servicios (SLA).
9. Gestión y automatización del equipo físico y lógico de ordenadores personales en grandes organizaciones.
10. Elearning: Concepto y Tipos. Plataformas LMS (Learning Management Systems). ILIAS.
11. Multimedia. Tecnologías aplicadas a la teleenseñanza.
12. Sistemas centralizados de copias de seguridad. Tivoli Storage Manager.
MÓDULO IV
1. Redes de datos. Medios de transmisión. Elementos de interconexión. Sistemas de cableado estructurado.
2. Redes privadas virtuales (VLANs): Arquitectura y gestión. Protocolos.
3. Redes inalámbricas. Sistemas basados en IEEE 802.11 e IEEE 802.1x. Arquitectura y gestión.
4. Internet. Protocolos y arquitectura. Servicios de nombres. Encaminamiento y direccionamiento.
5. Servicios avanzados y aplicaciones sobre Internet. Correo electrónico, servicios web, servicios proxy y cache.
6. Telefonía sobre IP. Comunicaciones Unificadas.
7. Comunicaciones móviles. Tecnologías de telefonía móvil analógica y digital. Los servicios de tercera generación.
8. Servidores web: Instalación y funcionamiento. Apache. Web 2.0.
9. Desarrollo en entornos web: HTML dinámico, Applets, AJAX, Servlet, jsp, php.
10. Sistemas de correo electrónico. Sistemas de control del correo electrónico no deseado.
11. Seguridad en redes. Sistemas unificados de gestión de amenazas. Cortafuegos. Sistemas de detección y protección ante intrusos (IDS/IPS). Monitorización.
12. Seguridad Informática. Metodologías. Auditoria de vulnerabilidades.
ANEXO III
DECLARACIÓN JURADA/PROMESA
Don/Doña ............................................................................,
con domicilio en .................................................. y Documento
Nacional de Identidad número .................................., a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala de Analistas Informáticos de la Universidad de Jaén, declara bajo juramento o promete, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas.
Descargar PDF